Considerando:
1) Que es obligación del CASI y de su Consejo Directivo evaluar el funcionamiento de los Juzgados y Tribunales de este Departamento Judicial, conforme a lo establecido en los arts. 19 –inc. 6, 9, 10 y 1- y 42 y c.c. de la ley 5177;
1) Que es obligación del CASI y de su Consejo Directivo evaluar el funcionamiento de los Juzgados y Tribunales de este Departamento Judicial, conforme a lo establecido en los arts. 19 –inc. 6, 9, 10 y 1- y 42 y c.c. de la ley 5177;
2) Que las Normas de Etica Profesional contenidas en los arts. 1 primèr párrafo, 5, 6 “in fine”, 21 2º párrafo, 22, 42 y c.c. marcan un rumbo en el mismo sentido señalado precedentemente;
3) Que es competencia primaria y originaria de la Comisión de Administración de Justicia la instrumentación y realización de la encuesta anual sobre el servicio de Administración de Justicia en todos los Juzgados y Tribunales de este Departamento Judicial;
4) Que no obstante ello, hace 2 años que no se cumple con tal objetivo;
5) Que tal grave omisión en el cumplimiento de la ley 5177 podrìa derivar en la intervención del Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, conforme a lo normado en el art. 20 de la norma citada;
6) Que sin perjuicio de lo señalado, constituye un derecho de los Abogados hacer conocer su opinión a las autoridades del CASI sobre las irregularidades y deficiencias que detecten en su diario quehacer profesional a los fines de mejorar el servicio de Administración de Justicia local a los fines de denunciar irregularidades a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires;
7) Que en otros Colegios Departamentales de la Provincia de Bs.As., no sòlo se realizan tales encuestas anuales sino que además se publican para conocimiento de los Colegas (Ej.: San Martín, Zárate-Campana, etc.). Ver link:
http://www.casm.org.ar/nuevo/encuestapenal.asp
Por ello, propongo:
Que a partir de la fecha se ordene a la Comisión de Administración de Justicia del CASI la realización anual de la encuesta sobre el funcionamiento de todos los Juzgados y Tribunales de este Departamento Judicial, incluyendo además las UFI y las Asesorìas de Menores de todas las ciudades que caen bajo la referida jurisdicción (Pilar, Tigre, Vicente Lòpez, etc.).-
SERA JUSTICIA
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