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miércoles, 28 de mayo de 2008

GUILLERMO SAGUES ES PADRE DE Ca$$aba




COLEGAS: El Dr. Guillermo Sagués y sus "hombres de paja" que integran el oficialismo del Colegio de Abogados de San Isidro mienten y ocultan la verdad, cuando dicen que nada han tenido que ver con la creación de ca$$aba.

En efecto, en la reunión en que el Consejo Directivo del CPACF aprobó el proyecto de la "cajita feliz", el entonces presidente Hugo Germano hizo concurrir a su "socio" y, tal cual manifiesta SU "QUERIDO AMIGO" GUILLERMO SAGUÉS para que "le diera una manito" en la creación de la inconstitucional, nula e inaplicable ca$$aba.

"GENTE DE DERECHO",como siempre, no formula simples declamaciones carecientes de prueba, muy por el contrario es nuestro estilo acompañar la documentación que acredita todos y cada uno de nuestras afirmacions.

Es por ello que, más abajo se transcribe textualmente, en lo pertinente, la sesión de Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal en la que se gesta ca$$aba con la activa participación y colaboración del Dr. Sagués, acta que también se adjunta en documento de word.

Es por todo ello que lo invitamos a que el viernes próximo, en el CASI entre las 08:00 y las 17:00 no lo dude ni un instante. Diga ¡Basta! a la corporación que vive a costa de los abogados. Diga ¡Basta! a quienes han traicionado sistemática a su estamento en beneficio propio o de la familia judicial. Diga ¡Basta! a esta extraña raza de vampiros. Digale ¡Basta! a Guillermo Sagués y sus hombres y mujeres de paja.

Digale ¡Sí! al Frente de Abogados Unidos. Digale nuevamente ¡Sí! a "GENTE DE DERECHO".

Acompañe al FAU - "GENTE DE DERECHO" ¡SÍ! Lista 47.

A continuación, lo pertinente del acta, con la "inolvidable" participación estelar para la creación de Ca$$aba del Dr. Guillermo Sagués:

REPÚBLICA ARGENTINA

COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS
DE LA CAPITAL FEDERAL

CONSEJO DIRECTIVO

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Período 9 - Acta N° 32
27 de febrero de 2003
Presidencia de la sesión:
Doctor Hugo Germano
y Doctor Pedro J. Kesselman


CONSEJEROS PRESENTES:
HUGO GERMANO PEDRO J. KESSELMAN
STELLA MARIS BORREGO
GONZALO ALVAREZ
NELLY MINYERSKY
FELIX PELLIZA
GASTÓN O’DONNELL
VÍCTOR ZAMENFELD
ITATÍ G. DI GUGLIELMO
ALBERTO MRAZ ARANCIBIA
GUILLERMO J. BORDA
LUCIO F. IBAÑEZ
HORACIO N. ACEBEDO
LILIAN LUCÍA LAPADULA
ANTONIO NÚÑEZ
LETICIA N. ETCHART
CARMEN V. BADINO
DANIEL M. LEFFLER
GLORIA I. ACED
TERESA R. QUINTANA
OSVALDO ZAMPINI
GUSTAVO J. GALLO



SUMARIO

1. Punto 1 del Orden del Día. Lectura y consideración del acta del 20 de febrero de 2003. (Pág. 3)
2. Punto 5.6 del Orden del Día. Creación de la Caja de Prestaciones Sociales para abogados matriculados en el CPACF.
Punto 5.7 del Orden del Día. Caja de Seguridad Social para abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Pág. 3)

–En la ciudad de Buenos Aires, a las 19 y 25 del jueves 27 de febrero de 2003

2. Punto 5.7 del Orden del Día. Caja de Seguridad Social para abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Sr. Presidente (Dr. Germano).– Tiene la palabra el doctor Alvarez.

Dr. Alvarez.– Señor presidente: tal como lo hicimos en la sesión pasada y en atención al tenor de los temas considerados, solicito que se adelanten los puntos 5.6 y 5.7 del orden del día para continuar con el debate iniciado en la sesión pasada.

Sr. Presidente (Dr. Germano).– Si no hay objeciones, se va a aceptar la alteración en el orden del día.

–Asentimiento.

Sr. Presidente (Dr. Germano).– Asimismo, pido autorización al Consejo Directivo para que puedan participar en la primera parte de esta sesión dos distinguidos colegas de la provincia de Buenos Aires, ambos dirigentes históricos de la colegiación en la provincia. A mi derecha está el doctor Enrique Basla, mi querido amigo, con una historia riquísima en la colegiación. No solamente ha sido presidente de uno de los colegios más importantes de la provincia de Buenos Aires, como lo es el de la ciudad de La Plata sino que, además, ha sido presidente en tiempos difíciles de nuestra querida Federación Argentina de Colegios de Abogados y el único argentino que ha presidido la Unión Internacional de Abogados.
Pero, además, tanto él como Guillermo Sagués hoy han jurado como nuevos consejeros del Jurado de Enjuiciamiento de la Nación y, en consecuencia, les hago llegar a estos dos queridos amigos mi felicitación y la de todo el Consejo Directivo porque estamos convencidos de que la matrícula nacional ha elegido a dos hombres que seguramente van a ejercer con absoluta dignidad esos cargos relevantes.
A mi izquierda se encuentra el doctor Guillermo Sagués, otro hombre histórico de la colegiación que ha participado activamente de la colegiación y que ha sido durante dos períodos presidente del Colegio de Abogados de San Isidro, además de haber sido vicepresidente y ocupado durante mucho tiempo la Presidencia del Consejo de la Magistratura de la provincia de Buenos Aires.
Yo les he pedido a ellos que concurrieran a esta sesión por dos razones: la primera es porque esta reunión coincidió con su juramento como miembros del Jurado de Enjuiciamiento del Consejo de la Magistratura y, además, porque como hombres de la provincia de Buenos Aires quiero que cuenten cómo funciona la seguridad social allí. De manera que yo voy a pedir a ambos que se dirijan a este Consejo Directivo, en el orden que prefieran hacerlo.

Dr. Basla.– Es un alto honor para mí hablar en esta reunión de Consejo Directivo, integrado por abogados y abogadas muy prestigiosos, algunos de ellos con una trayectoria dirigencial que me hace dudar en cuanto a que yo hoy pueda decir algo novedoso.
Hablo aquí con la gran emoción que significa volver a este ámbito y me vienen al recuerdo las luchas que dimos por la colegiación legal en la ciudad de Buenos Aires, la obtención del primer presupuesto y la casa de la calle Juncal; recuerdo, a propósito, que éramos los dueños de casa porque la primera reunión de Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados se hizo con el modesto mobiliario de la casa de la Federación Argentina de Colegios de Abogados ubicada en la Avenida de Mayo. Por allí andan dando vueltas algunas fotos que registraron ese momento. Así que para mí es un alto honor volver a sentarme aquí.
Agradezco las palabras pronunciadas por el señor presidente. Hoy hemos jurado cmo representantes de la abogacía argentina en el Jurado de Enjuiciamiento y, sencillamente, quiero decirles que nuestra convicción es que estamos en esa calidad representando a la abogacía del país, conociendo los valores y los principios que la inspiran y también dispuestos a rendir cuentas. No nos emancipamos del universo que nos ha elegido y que nos ha promovido a la responsabilidad que debemos ejercer y ya se saben los criterios con los que pensamos hacerlo. Por ello, ratifico ante ustedes nuestro compromiso de trabajo, en función de los criterios que hemos enunciado antes de ahora y que trataremos de ejercer plenamente.
Antes de ayer almorcé con el señor presidente y en medio de la comida desgranamos algunas ideas sobre lo que fueron y son nuestras vocaciones comunes y permanentes, que son los temas de los abogados y de la colegiación. Yo comencé haciendo una referencia a la lucha por la colegiación legal en la ciudad de Buenos Aires porque, quizá, al tratar el tema de la previsión social de los abogados se analicen algunas de las cuestiones que en aquel momento se pusieron sobre el tapete. Hay quienes han creído que la colegiación es un invento socialista, procolectivista o que niega la libertad individual cuando la realidad histórica marca todo lo contrario. La colegiación legal en la provincia de Buenos Aires –y creo que en casi todo el país– fue inspiración de hombres de una mentalidad liberal que lo que quisieron fue establecer una garantía para el ejercicio profesional que alejara toda posibilidad desde el poder o desde los grupos de presión de influir en lo que es un elemento esencial para que podamos servir a los justiciables, cual es el de ser independientes. Y ello surgió cuando las matrículas de los abogados aparecían o desaparecían conforme a los gobiernos de turno y las sanciones disciplinarias obedecían a criterios político partidarios o de grupos de presión y no al gobierno de los pares. Así nació la colegiación.
También así nació la seguridad social porque son prácticamente hijos de una misma cuna en la provincia de Buenos Aires y en todo el país, entendiendo que todo esto hace a que el abogado pueda ejercer su profesión con una absoluta garantía de independencia, que es el máximo servicio que podemos prestarle a nuestros clientes, y no estar pensando que su jubilación, su salud y la de su familia o algún subsidio que pueda recibir por alguna incapacidad transitoria o permanente dependen del favor político o de la genuflexión o encuadramiento que pueda tener o no con un determinado poder de turno.
Esto es muy distinto a lo que es el gobierno de los pares que, tanto en lo colegial como en lo previsional, nos da otro tipo de garantías. En principio, porque nuestros organismos son producto de una creación democrática y si miramos nuestra propia historia –que debemos hacerlo para no dibujar castillos en el aire– los colegios de abogados y las instituciones previsionales son de las pocas entidades en el país que pudieron soportar los gobiernos de facto, los golpes de Estado, etcétera, sin que se alterara su sistema democrático interno.
Cuando revisamos la historia real observamos que nunca el poder político logró, hasta cuando se prohibieron las elecciones en las organizaciones intermedias, que los colegios dejaran de ejercer su vida democrática. Y la sabiduría del legislador, que fueron los abogados en la provincia de Buenos Aires, permitió establecer un mecanismo de intervención que indica por qué se puede intervenir, por cuánto tiempo se puede intervenir y a quién se puede nombrar como interventor. Las intervenciones no pueden durar más de un tiempo limitadísimo y son para llamar a nuevas elecciones. Quiere decir que hasta se reglamentaron los intentos intervencionistas para aquellos que trasnochadamente quisieran intentarlo. Tan grande es la restricción que no tenemos noticias de intentos, aún en las peores épocas.
Muchos de nosotros –creo que todos– estamos convencidos de que la colegiación se sustenta sobre diversos pilares que son, por supuesto, de carácter institucional: básicamente, el estado de derecho, la democracia constitucional, etcétera, pero cuando entramos a hacer un análisis más profundo pensamos en algunas otras patas de esa misma mesa, como son la independencia, el pluralismo y la participación.
No voy a hablar de independencia y de pluralismo porque creo que este cuerpo, tanto sus resoluciones y sus actos como su composición interna, dan clara muestra de lo que es un Colegio independiente y plural. Pero sí quisiera hablar sobre la participación porque creo que es uno de los temas que está en el tapete de la cuestión que está considerando este cuerpo, desde el momento en que ustedes pensaron en la posibilidad de instalar un sistema de previsión y de salud. No cabe duda de que en el mundo, y también en nuestra ciudad en particular, quizá sean los sistemas de exclusión y de insolidaridad los que están castigando a nuestras comunidades. Y en el ámbito específico de la abogacía, si analizamos la realidad de la gente que se incorpora a los colegios, nos daremos cuenta de que estamos frente a gravísimos problemas. En el Colegio de Abogados de La Plata se hizo una encuesta que indica que el 40 por ciento de los nuevos matriculados no sólo no tienen casa propia, ni automóvil, ni estudio propio, sino que tampoco tienen tarjeta de crédito ni computadora. Esto marca claramente el fenómeno de la realidad social de los jóvenes abogados –a veces, también de los no tan jóvenes– donde pareciera que la incorporación al Colegio, si no viene acompañada de otras cuestiones, pasa a ser un acto formal e inclusive, a veces, hasta se siente como un acto de exclusión. Por suerte, nuestras colegiaciones son baratas, pero hay algunas otras en las que para poder ejercer la profesión se requiere un aporte inical de los jóvenes profesionales que hace que estos ejerzan de una mala manera, acollarándose a algún profesional matriculado, o tardan mucho tiempo para matricularse porque no tienen la plata para hacerlo.
Entonces, la previsión social, la seguridad social y la salud de los abogados tienen que ver con un sentido solidario de incorporación, de inclusión. El abogado exitoso, que le va bien, que va formando su propio retiro o su propio capital para afrontar alguna contingencia desafortunada, quizá sea remiso a incorporarse a estos sistemas o los catalogue mal. Pero debemos pensar en que muchos de nuestros colegas no tienen sistemas de salud o carecen de fondos para iniciarse profesionalmente y que en el caso de alguna discapacidad transitoria o permanente quedan librados a su propio destino. También debemos pensar en los abogados con capacidades especiales, que no tienen un régimen que vaya más allá de alguna gestión para superar las barreras arquitectónicas.
Además, cuando llegamos a edad avanzada, donde empezamos a declinar físicamente, donde ya no nos da "el cuero" físico y psíquico para afrontar el rigor de la profesión, nos damos cuenta de que el proceso de impulsión tiene que ver con la participación. Y ahí aparece la solidaridad como un gran remedio. La solidaridad no puede armarse si no es sobre bases de criterio de universalidad, comprensivas de todo un universo, más allá de que respetemos categorías o situaciones particulares.
A mí me ha gustado mucho una caracterización que hizo del sistema el doctor Pérez Catella, quien habla de la universalidad de aportes, de la autogestión con gobierno democrático, con consignas rígidas de eficiencia bajo el lema de que si no hay aportes no hay beneficios. Ahí, la obligatoriedad del universo profesional ha sostenido y ha incorporado en 1995 al sistema de reparto vigente un sistema de capitalización.

–Siendo las 19 y 40 ingresa a la sala de reunión el consejero doctor Víctor Zamenfeld.

Dr. Basla.– Es decir, que también se han previsto sistemas que permiten, por ejemplo, retiros o jubilaciones diferenciadas, conforme a mayores aportes. Pero todo esto se hizo, como les decía, contemplando también las situaciones de aquellos por los que nadie aboga normalmente.
Me refiero a aquellos que sufren un infortunio total o permanente, a aquellos que tienen dificultades en el inicio de una tarea o a aquellos que llegando a su finalización merecen vivir con la tranquilidad y con la dignidad con que vivían mientras ejercieron la profesión. Si uno comparara los montos que perciben los jubilados de autónomos con los que perciben los jubilados en sistemas provinciales, advierte que la diferencia es sustantiva, de uno a cuatro, uno a cinco o quizá más.
Después de casi sesenta años de experiencia colegial en la provincia de Buenos Aires –y cuando hablo de experiencia colegial me refiero a cajas y colegios– ha sido rica y ha permitido que los abogados se sientan libres cuando tienen que enfrentar al poder o cuando tienen que firmar un escrito contra los poderosos, porque como decía Ozuela y Gallardo, atropellar a un abogado es fácil, pero atropellar a una institución es prácticamente imposible.
Simplemente quisiera recordar la experiencia vivida en la etapa del proceso, donde tratándose de abogados con vida no hubo un solo juez de esa etapa que ante una acción ejercida por un colegio de abogados de cualquier lugar del país o por la propia Federación Argentina de Colegios de Abogados no mejorara el status jurídico que generalmente derivaba en la libertad de la persona detenida. No se animaron en su momento, como creo que nadie se animaría ahora, a atropellar a un colegio o a una caja previsional. Por fortuna hemos logrado que encuentren recepción tanto en la Constitución de la provincia de Buenos Aires como en la Constitución Nacional, viendo lo que había ocurrido con otras experiencias. Por ejemplo, los españoles tuvieron la inteligencia de incorporar a los colegios como una categoría constitucional, con relación a la defensa en juicio y a la asistencia al detenido desde el primer momento de detención. En el próximo Congreso Nacional de Abogados se tratará "La colegiación y los sistemas de previsión para abogados en las constituciones nacionales y provinciales".
Si bien nuestra experiencia es rica, nuestro sistema es perfectible. Yo soy uno de los más críticos de la Caja. Si tuviera que hacer un inventario de los problemas de la Caja podría estar largo rato hablando, pero creo que ha sido una gran conquista el hecho de poder autogestionar nuestras propias instituciones con gran beneficio, con muy poca pérdida de lo que se pierde en otros estamentos estatales o privados en gastos burocráticos y de administración que, en definitiva, se traduce en servicios que se sustraen a los colegiados, pudiendo dar respuestas a veces hasta excepcionales cuando se han presentado situaciones de ese carácter.
Sin haberme detenido en la lectura detallada del proyecto, tarea en la que ustedes seguramente sí habrán estado empeñados, me alegro de saber que ustedes están por tratar esta cuestión, procurando dar a los abogados del Colegio Público, que somos muchos, algunos de los cuales no estamos en Buenos Aires, una solución para este tema.
Señalo una vez más mi agradecimiento por esta invitación y por el hecho de que hayan escuchado estas palabras.

Sr. Presidente (Dr. Germano).– Muchas gracias, Enrique; brillante como siempre.

Dr. Sagués.– Ante todo agradezco al presidente y al Consejo Directivo por la invitación.

Recibí la gentil invitación del presidente para hablar respecto de la experiencia en la provincia de Buenos Aires. El marco general ha sido abordado con suma solvencia por Enrique y no quisiera caer en repeticiones. Simplemente voy a comenzar relatando una experiencia personal. Mi padre era un médico pediatra que tenía una enfermedad que lo llevó a la muerte a los 47 años, cuando mi hermano y yo teníamos 12 y 11 años respectivamente. Era cordobés y tenía 17 años de médico, pero solamente nueve años en la provincia de Buenos Aires. Los beneficios previsionales para mi madre estaban reservados exclusivamente para los médicos que hubiesen tenido más de diez años de ejercicio profesional en la provincia de Buenos Aires. Se planteó el caso y la Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia le otorgó una pensión, que es la que tiene hoy mi madre que acaba de cumplir 80 años.
Al cabo de un tiempo de ser abogado me puse a estudiar la ley y descubrí que la ley de creación de la Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires era una copia de la ley por la que se creó la Caja de Previsión para los Abogados. En general, todas las cajas previsionales de la provincia de Buenos Aires nacieron con posterioridad a la creación de la caja de los abogados, que se tomó como estructura modelo.
Han pasado 55 años. Han pasado diversas cajas. Nuestra Caja pasó las diversas crisis que atravesó la economía nacional. Su dirigencia supo ir corrigiendo los defectos y provocando las reformas legislativas necesarias de manera que la Caja siempre se mantuvo en equilibrio. O sea, cuando vio el peligro avanzó hacia conseguir una estructura jurídica diversa y permanentemente procuró aggiornarse a las nuevas modalidades de la previsión social.
El doctor Basla mencionaba recién que el sistema de la provincia de Buenos Aires es mixto: no es totalmente de reparto ni de capitalización pura. Existen jubilaciones y pensiones diferenciadas en función de la mayor aportación. En eso se parece a la Caja de Santa Fe. Existe esa base solidaria para aquellos casos en que se produce la viudez temprana, dejando hijos chicos.
Los abogados que no litigan mucho en la provincia de Buenos Aires ven como una carga burocrática el hecho de pagar el "bonito", pero luego, cuando se produce la necesidad uno se da cuenta de la importancia que tuvo el hecho de juntar "bonitos" adentro de un sobre.
La Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires además es un sistema de seguridad social integrado. Se compone por la previsión y por la salud. La incorporación de la salud ha provocado una ampliación del universo de aportantes y los resultados son ampliamente satisfactorios. Es justamente en aquellos casos en que hay cirugías de alta complejidad, internaciones prolongadas, incapacidad o viudez temprana, donde se ve la necesidad y se justifica la historia del "bonito" y del aporte.
Tenemos una Caja de Trabajadores Autónomos que no sabemos si es residual o si es permanente, pero en la realidad económica de hoy el aporte se parece bastante a un impuesto, sobre todo porque no sabemos si alguien se va a jubilar en esa Caja. Por otro lado, tenemos el sistema privado. Ustedes saben que la ley 24.241, en su artículo 3 estableció que las cajas de profesionales que existían con anterioridad a la sanción de la ley son cajas sustitutivas, con lo cual solamente se puede exigir el aporte obligatorio a los profesionales en caso de que estén afiliados a determinados organismos previsionales administrados por profesionales. Ustedes también deberían plantearse quién manejará los recursos de los abogados. O los maneja el Estado, o los manejan las instituciones privadas como las AFJP o los manejamos nosotros mismos, los abogados. Después de estos 55 años de historia, con miles de experiencias, llegamos a la conclusión de que lo mejor es que seamos nosotros quienes manejemos los fondos, con una dirigencia que ha autogestionado la caja, que ha sido transparente, que ha superado dificultades de tipo técnico, económica y monetarias, y que sigue, fundamentalmente, apoyando la vida personal del abogado.
Simplemente quería transmitirles estas vivencias personales y la sensación de que muchas veces van a tener muchísimas discrepancias con los administradores abogados de la caja, ya sea por cuestiones políticas o por cuestiones de competencia, pero tendrán la certeza de que se trata de un tronco común y que las dos instituciones viven una para la otra. No concebimos en la provincia de Buenos Aires una abogacía previsional y una abogacía del colegio: son dos ramas del mismo tronco. Así lo entendemos. No quiero agotarlos más. Les agradezco su gentileza.

Sr. Presidente (Dr. Germano).– Gracias, Guillermo. Una vez más tu aporte es altamente significativo para nosotros.
Les agradezco a los doctores Basla y Sagués que hayan venido y les pido que se queden. Sé que Enrique está con los tiempos justos, pero por lo menos te pido que te quedes un rato más.
Antes de darles la palabra les cuento que todos los consejeros y aquellos que quieran acompañarnos estamos invitados el miércoles 12 de marzo por la mañana a visitar la Caja de Seguridad Social de la Provincia de Buenos Aires. Se trata de una invitación que me ha formulado el presidente de la Caja, doctor Pérez Catela en el día de hoy. Asimismo, el presidente del Colegio de Abogados de La Plata, doctor Carlos Andreuci nos ha invitado a un asado en el Club de Campo de La Plata. Les pido a los señores consejeros que organicen sus agendas y que traten de concurrir a la ciudad de La Plata para visitar la Caja de Abogados y para asistir al asado que nos ofrecen.
Conforme a lo acordado en la última sesión voy a ir cediendo el uso de la palabra a aquellos que quieran hablar. Les informo que están presentes los contadores y el actuario que han firmado el cálculo actuarial de la propuesta.
Tiene la palabra el doctor Gallo.

Dr. Gallo.– Señor presidente: el objeto de mi intervención es abordar nuevamente, como lo iniciamos la vez pasada, las dos cuestiones sugeridas por el señor vicepresidente 1 , que me han parecido liminares en materia de debate. Primero, la visión política de los proyectos y, segundo, las consideraciones técnicas de los mismos. Me refiero al proyecto de creación de la Caja y al proyecto de prestaciones sociales.
No voy a entrar en el problemático y tedioso tema de la descripción de lo que es un colegio profesional, porque en las alocuciones precedentes ha quedado por demás claro, pero sí quisiera señalar mi visión genérica sobre el particular.
Entiendo a los colegios profesionales como asociaciones sindicales o profesionales de autónomos, o dicho con sentido más genérico, organizaciones gremiales de trabajadores autónomos.
No veo dentro del objeto de estas organizaciones profesionales otro cometido que aquel que más lo define, y que es la defensa de los intereses profesionales de sus afiliados.
Pero cuando hice la mención a la analogía de las asociaciones sindicales lo pensé deliberadamente porque creo que me debía referir también, en forma breve, al antecedente de la actual ley sindical argentina.
En nuestro país hemos vivido en tiempos relativamente recientes un frondoso debate en torno a la ley de asociaciones profesionales (23.551), a la que me quiero referir por entender que puede arrojar luz a la cuestión en debate.
Participé en dicho proyecto junto con el entonces diputado Bruno en el mismo bloque. Recuerdo las discusiones políticas que derivaron luego de lo que hoy pasó a ser la ley 23.551, caracterizada por el notorio avance en materia de libertad sindical, que se manifiesta en lo siguiente. Primero, hay libertad de asociación, es decir, pueden coexistir varios sindicatos por actividad u oficio. Segundo, hay una zona de reserva hacia un solo sindicato por actividad u oficio, que es el que obtiene la personería gremial para los cometidos más importantes de la actividad sindical o profesional. Y, tercero, hay libertad de asociación de cada trabajador, hasta el extremo del derecho de no afiliarse a ningún sindicato o asociación.
Recuerdo en particular los esfuerzos de los sectores más renovadores del justicialismo, muchos de ellos hoy integrantes del Frepaso, para propiciar una apertura del entonces cerrado régimen de cuasi unicidad sindical sostenido éste, a su vez, por el entonces denominado justicialismo ortodoxo.
Como contraste, y en la misma época, la ley 23.187 acababa de establecer la creación de nuestro querido Colegio, al que desde entonces pertenecemos.
Me detengo también aquí para referirme a algunas distinguidas expresiones de los colegas del bloque mayoritario o de la primera minoría, como también se lo ha denominado en esta mesa. Dijeron algunos oradores en la reunión anterior que personalmente venían de bregar durante muchos años, algunos desde el principio y otros, incluso, desde antes del principio, por la colegiación obligatoria. Como contraste debo decir todo lo contrario. Primero, no es tal mi caso; y en esto, como en todo, mi ponencia es a título personal, pues me acabo de subir a la vida colegial, por lo menos a la dirigencia. La única antigüedad que puede exhibir es la de la vida misma, y dentro de ella la de veintinueve años de ejercicio profesional, queriendo bregar, como ustedes, particularmente por el justo interés de los clientes, destinatarios de nuestros servicios, y en general intentando ser vehículo de la paz y de la justicia en el mundo. Segundo, tengo presente que la colegiación obligatoria no conlleva el desarrollo de proyectos compulsivos sin más. Todo lo contrario, impone a los representantes una obligación adicional de ser más cautelosos en el planteamiento de proyectos, que por su obligatoriedad futura habrán de comprometer no sólo el patrimonio sino también las ideas de nuestros colegas aquí representados.
Sostengo como sostuve al tiempo del debate de la ley sindical la necesidad de privilegiar y custodiar la libertad en materia de asociación profesional. Bajo esta óptica, y por las mismas razones, estimo inconveniente la instauración de una caja profesional compulsiva, aunque me avengo gustosamente al debate de su diseño si tal fuera la voluntad que resultara de esta mesa.
A decir verdad, reniego en general de los proyectos que presentan la resignación de la libertad bajo la pretendida defensa de los débiles, pues éstos generalmente no se sientan a la mesa de los dirigentes que invocan sus nombres y son beneficiados por los puestos de trabajo que tales organizaciones supuestamente sociales terminan generando a modo de aparato paraestatales.
En punto al proyecto de obra social única y compulsiva, también disiento en torno a su vigencia o a su instauración por las mismas razones ya expresadas, a las que debo agregar dos. La primera es que también en esto se avanza, incluso, sobre el sistema sindical argentino –me sirve de parangón–, que habilita a cada trabajador a optar entre cualquier obra social del sistema. La segunda es que el profesional no reviste la condición que tiene el dependiente, por lo cual no se justifica un sistema tan cerrado, cautivo y falto de elección.
Como colofón, señor consejeros, un colegio profesional desde mi punto de vista debe ser una institución liviana de estructura y pesada de pensamiento y presencia institucional, destinada fundamentalmente a la conducción y gobierno de la matrícula, a las cuestiones atinentes al Tribunal de Disciplina y otras de orden secundario. Todo aquello que no es propio de su actividad debería dejar que lo hagan los demás: carpintería, salud, educación, turismo, gastronomía, etcétera, contratando al efecto los servicios en las condiciones que mejor convenga a los intereses de sus representados, pero absteniéndose de crear o propiciar instituciones al efecto.
Por las razones expuestas postergo mis observaciones técnicas sobre ambos proyectos para otro momento más adecuado, aunque sea dentro de esta reunión.

Sr. Presidente (Dr. Germano).– Tiene la palabra el doctor Mraz Arancibia.

Mraz Arancibia.– El doctor Julio Rivera se encuentra imposibilitado de asistir a esta reunión y me ha hecho llegar su opinión, que paso a leer: "En cuanto a la Caja de Seguridad Social es claro que los abogados, como cualquier otra persona, estamos obligados a aportar a un sistema previsional. No caben entonces aquí los razonamientos con que iniciamos la observación al proyecto de la obra social. Pero es claro que debería demostrarse que esta caja proyectada es mejor o menos mala que los sistemas actualmente existentes.
"Desde nuestro punto de vista, ello no se demuestra con los elementos con que contamos, fundamentalmente con el proyecto en sí mismo.
"La primera observación fundamental se refiere a las fuentes de financiamiento que enumera el artículo 62.
"Sobre ellas podemos, en primer lugar, señalar su sorprendente número: aporte de los abogados sobre todos los honorarios, regulados judicialmente o pactados personalmente; contribución a cargo de los obligados al pago de honorarios regulados judicialmente; contribución del obligado al pago de la tasa de justicia; un derecho fijo que pagará el abogado al iniciar un juicio o procedimiento administrativo; y los aportes adicionales que pudiera fijar la asamblea.
"De la enumeración resulta también que la solidaridad en que se funda el sistema es impuesta a terceros no abogados, como son el obligado a pagar las costas y el obligado a pagar la tasa de justicia. Realmente resulta difícil entender por qué las partes están obligadas al sostenimiento del sistema previsional de los abogados. No tengo presente que yo deba pagar el sistema previsional de mi dentista, de mi contador o de mi médico.
"Es además un encarecimiento del acceso a la justicia. No es necesario destacar frente a los colegas las críticas que a todos merece el régimen de la tasa de justicia que rige en la Capital Federal, donde es un serio obstáculo para el acceso a la justicia garantizado por el artículo 8 del Pacto de San José de Costa Rica. Sería una paradoja que ahora los abogados contribuyéramos a hacer más caro ese acceso para sostener nuestro sistema previsional". Agrego personalmente que sería contradictorio que por parte de este Colegio se encarezca el sistema de acceso a la justicia para los habitantes cuando ha adquirido una camioneta Traffic para explicarle no a la abogacía sino a esos mismos habitantes los derechos que tienen, con el lema de que la justicia está al lado de los habitantes. Es una acotación personal.
Sigo con la lectura: "El aporte sobre las costas del condenado a pagarlas es también de difícil justificación. Es que el hacerse cargo de las costas es una suerte de indemnización que se asegura a la otra parte por haber litigado sin derecho y para paliar justamente el costo del proceso, pero no encuentro que en ello quepa también un aporte para la jubilación de los abogados que hará más caro los ya de por sí casi inaccesibles juicios ordinarios.
"El derecho fijo se suma al bono que los abogados de la Capital debemos pagar al tiempo de iniciar un proceso o contestar la acción. Todos conocen a la perfección las dificultades que existen para instrumentar y controlar el pago del bono en la Capital Federal. Se sumará ahora el derecho fijo, lo que también constituirá una dificultad y un costo suplementario para el abogado o para la parte si el abogado traslada ese costo.
"Son varias las objeciones que pueden hacerse a este inciso:
“En primer lugar, el mismo concepto de 'todos los honorarios´ (con las exclusiones del artículo 64, que por otra parte son obvias). Adviértase que esta es una gabela que se suma al impuesto a las ganancias, al impuesto a los ingresos brutos y al IVA, cuando por razones del caso no puede trasladarse al cliente. Con la diferencia con el impuesto a las ganancias que este se paga sobre el beneficio neto de la actividad mientras que el inciso 1 del artículo 62 prevé una contribución sobre el monto bruto de toda facturación profesional. También lo es el impuesto a los ingresos brutos que pagan los abogados con organización empresarial (aunque no exista sociedad regularmente constituida, según la jurisprudencia de la Cámara Civil y ahora de la Cámara de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), pero este tiene una alícuota del 3 por ciento mientras que no se sabe cuál será la alícuota que se ha de pagar por este aporte, pero que puede ser superior.
"El resultado de la sumatoria de aportes e impuestos que debe pagar un abogado se torna así escandalosa y, por ende, irrazonable e inconstitucional. Hagamos un ejercicio: un abogado cobra un cheque judicial de 50.000 pesos por honorarios; tendrá una retención en la fuente de 12.140 pesos, a lo cual tendrá que sumar el aporte jubilatorio, supongamos el 5 por ciento sobre el total, o sea, 2.5000, más sobre el 3 por ciento sobre ingresos brutos equivalente a 1.500 pesos. Le quedan, entonces, menos de 33.860. Si el aporte a la Caja fuera del 10 por ciento, le quedan menos de 31.360, con lo cual los aportes en el ejemplo son el 37,28 por ciento de la suma a percibir.
"En fin, un aporte que se haga de manera sobre el honorario bruto constituye un retaceo directo del mismo, indiferente a la verdadera rentabilidad de la actividad y que la reduce de manera sensible, cuando no puede llegar a hacerla desaparecer totalmente. No es descartable que para muchos abogados la rentabilidad no es muy superior al 10 por ciento de sus ingresos si se valora el enorme incremento de los costos de la prestación de la actividad.
"Señalo, además, que no advierto en mi lectura del proyecto cómo se soluciona el tema del aporte de los estudios organizados bajo formas societarias ni cómo se harán esos mismos aportes cuando existan participaciones de honorarios entre distintos. abogados.
"Pero no terminan aquí las observaciones a las fuentes de financiamiento del sistema. Es obvio que muchos abogados cubrirán rápidamente el monto máximo de la categoría superior. Lo lógico es que en ese caso tendrían que tener el derecho de dejar de contribuir por lo menos con el aporte del inciso 1 del artículo 62. Pero he aquí que el segundo párrafo del artículo 65 dispone que 'La reglamentación podrá establecer las condiciones y el procedimiento para exceptuar al afiliado del cumplimiento del inciso 1 del artículo 62 cuando antes de finalizado el ejercicio anual el saldo de su cuenta alcance el monto del aporte anual obligatorio correspondiente a la categoría máxima'.
"De modo que no es un derecho del afiliado, sino una potestad de la autoridad reglamentadora, quien podrá o no disponer tal exención o quitarla si hubiera sido dada; un verdadero despropósito pero que notablemente se reproduce en el artículo 71, cuando el proyecto prevé que 'En el caso de que el saldo de la cuenta del afiliado, al cierre del ejercicio, sea superior al aporte de la categoría máxima...se le restituirá al mismo ese excedente, en las condiciones que determine la reglamentación...', de donde nuevamente será una potestad de la autoridad que reglamente la ley la de conceder o no esto que, obviamente, debe ser un derecho inexcusablemente reconocido al afiliado.
"Pero todavía no llegamos a lo más grave, que es la norma del inciso 6 del artículo 62 que entre las fuentes de financiamiento incluye 'los aportes adicionales que pudiera establecer la asamblea a los fines del financiamiento de los beneficios previstos en el artículo 10...'; o sea, subsidios, préstamos, turismo y recreación. Esta norma en blanco es inaceptable porque importa atribuir a un cuerpo de conformación heterogénea el poder de crear contribuciones, lo que claramente viola el principio según el cual las cargas públicas no pueden ser creadas sino por ley.
"En otro plano, la existencia de estos aportes constituirá un tema más a resolver cuando se negocie la conclusión de cualquier entuerto en el que intervenga un abogado. La experiencia de los abogados que actualmente están sujetos a regímenes de esta laya es suficiente ejemplo. Para que no quepa ninguna duda, el artículo 84 prohíbe aprobar u homologar cualquier acuerdo si no se pagan las contribuciones.
"En materia de trámites, los aportes serán una nueva fuente de vistas, traslados y otros pasos previos de los que todos estamos hartos. Es que, como es obvio, el proyecto atribuye a las autoridades judiciales y administrativas la carga de comprobar el pago de las contribuciones de abogados y partes –artículo 80.
"Ni hablar del insólito listado que prevé el artículo 83, cuya finalidad nadie puede avizorar, toda vez que las regulaciones no implican que ellas hayan sido percibidas.
"Y, finalmente, subrayamos el artículo 89 que establece que la Caja es parte legítima en todo juicio o trámite administrativo que se sustancie en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de controlar y asegurar el fiel cumplimiento de la presente ley. Muchos abogados conocemos cuál es el resultado práctico de la intervención de las Cajas en los expedientes: apelaciones, cuestionamiento de los acuerdos de los abogados con sus clientes, oposiciones a la conclusión de los juicios, observaciones a las transacciones, etcétera. En definitiva, es la injerencia de un tercero en las relaciones entre las partes y sus abogados, carente de toda justificación.
"Restaría sólo un tema común a ambos proyectos que se refiere a la seguridad social y a la previsión. Se prevé la creación de organismos administrativos, una suerte de obra social y una caja de jubilaciones, con administradores, asambleas, directores y empleados. Aun cuando hoy se invoquen altos valores altruístas, la creación de estos organismos conducirá a aumentar la burocracia y las fuentes de pequeñas –o grandes– canonjías.
"Por ello, he de votar negativamente ambos proyectos, con la salvedad de que la disidencia que manifiesto se funda seguramente en que tenemos visiones distintas sobre temas importantes, pero que ello en manera alguna importa dejar de valorar el esfuerzo y la dedicación que ha puesto cada una de las comisiones que ha trabajado en ellos."

Sr. Presidente (Dr. Germano).– Tiene la palabra el doctor Kesselman.

Dr. Kesselman.– Señores consejeros: quizá, en el inicio de mis palabras voy a ser reiterativo en cuanto a algunos conceptos que ya expresé en la sesión anterior.
Creo que aquí se ha incurrido en algunas confusiones: se confunden los aportes a un sistema solidario de seguridad social y a un sistema de salud con impuestos y gabelas; se confunde lo que es un régimen sindical, que rige en la Argentina desde hace muchos años y que actualmente está encuadrado por la ley 23.551, con lo que es un sistema de colegiación. En fin, creo que hay algunas cosas que merecen algunas breves puntualizaciones.
Asimismo, debo señalar que se habla de compulsión en la integración de las cajas y, como si esto fuera un sistema carcelario, o se recibe la salud que brinde este sistema o no se recibe ningún sistema de salud. Acá estamos hablando de compulsión para la contribución al sistema, para la integración al mismo, pero ello no quiere decir que aquel abogado que quiera atenderse en la clínica Mayo, de Estados Unidos, no pueda hacerlo. Lo único que se le exige es que, como en todo sistema solidario, haga un aporte mínimo para que los demás, quienes no estén en condiciones de atenderse en la clínica Mayo, puedan tener un sistema de salud decoroso y no integrar, como ocurre en estos tiempos, ese porcentaje cada vez más elevado de integrantes de la pauperizada clase media argentina, que pasa muchas horas en los hospitales públicos procurando que se les brinde un mínimo de salud y que, después, también pasa muchas horas procurando que alguien les tire algo para acceder a los medicamentos. No nos engañemos: estamos tomando como modelo de este debate a un tipo de abogado que es minoría dentro de nuestra profesión.
Aquí se han aportado hoy algunas cifras de la colegiación en la Ciudad de La Plata. Yo creo que si este tipo de encuestas se realizara en Buenos Aires observaríamos que ocurre más o menos lo mismo.
Aquí se habló de los estudios integrados y, por supuesto, de quienes son la cabeza de esos estudios. Pero, ¿sabemos cómo está la seguridad social, la previsión y la salud de la inmensa tropa de abogados jóvenes que trabajan en esos estudios? Sería bueno saber qué sistema de salud tienen, cómo observan su futuro, qué les espera. Tenemos que ocuparnos de aquellos que han tenido y tienen la fortuna de contar con los elementos para acceder a una autocobertura de su futuro y de su salud más que decorosa. Es bueno que así sea y yo me congratulo por ello porque han sabido ejercer bien la profesión y han tenido el talento, los medios y también la suerte para llegar a esa posición, pero también debemos pensar, como en todo sistema solidario, en los miles de abogados que no están en esa situación y que integran esta pauperizada clase media, como tantos médicos que hacen guardias por dos pesos o como tantos arquitectos que manejan taxis porque no pueden acceder a un decoroso ejercicio de su profesión. Como ya dije durante la sesión pasada, ellos integran la proletarizada clase abogadil, aquellos que como decía Cortéz viven como ricos y mueren como pobres. Acá cada vez tenemos más que viven como pobres y, seguramente, morirán más pobres todavía.
Entonces, les pido que seamos realistas: hay abogados que cobran honorarios de cincuenta mil pesos, pero yo creo que son más los que cobran honorarios de cien o doscientos pesos o aquellos a los que les regulan honorarios cuantiosos pero que jamás se pueden percibir porque el obligado a hacerlo es insolvente o se ha presentado a la quiebra; entonces, muchas veces tenemos regulaciones idílicas.
Seamos realistas: estamos hablando de un sistema que contempla al término medio de los abogados, pero sobre todo a la inmensa mayoría de aquellos que tienen dificultades –y que cada vez son más– para acceder a algo que debe ser lo mínimo para cualquier ser humano: una protección en materia de seguridad social y a sus problemas de salud o incapacidades; en definitiva, un sistema que le permita a él y a su familia tener una medicina preventiva y curativa que no sea la de ir a morirse abajo de un puente. A veces, pueden pensar que yo estoy dramatizando la situación, pero no es así. Tengo familiares y amigos que son médicos de hospitales y que me cuentan cómo, cada vez más, crece la cantidad de profesionales –muchos de ellos abogados– que concurren a las guardias o que se atienden en los hospitales porque carecen de cualquier tipo de asistencia médica y que no disponen de medios para pagar sistemas de salud más caros y que, quizá, podrían acceder –por lo menos– a la prestación básica mínima que ofrece este sistema, por supuesto, con todas sus posibilidades de perfeccionamiento y mejoramiento.
Acá se incurrió en un error porque se habló de los sindicatos y del sistema de unicidad sindical. Personalmente, considero que es muy criticable nuestro sistema sindical que, por supuesto, a mi entender no cumple con las reglas mínimas de libertad sindical. Pero eso no tiene nada que ver con nuestro sistema de colegiación. Los colegios son entes de derecho público no estatal en los que el Estado ha delegado funciones de control de la matrícula y de la ética profesional. Cada vez más, los colegios han progresado y avanzado en la cobertura de este tipo de necesidades, pero ello no quiere decir que sean sindicatos de abogados. Aquí, en la Ciudad de Buenos Aires, tenemos representantes de las distintas expresiones del pensamiento abogadil, pero el Colegio es el que controla la matrícula. Tenemos el Colegio de la Ciudad de Buenos Aires de la calle Montevideo, la Asociación de Abogados de Buenos Aires y entidades representantivas de distintos fueros –por ejemplo, la Asociación de Abogados Laboralistas–, que son los pequeños sindicatos que expresan las reivindicaciones de los abogados específicamente insertos en esas entidades. Pero nosotros estamos hablando acá de otra cosa: de la integración a un sistema en que el Colegio es la madre de todo esto, pero ello no implica que estos proyectos establezcan un sistema de seguridad social y un sistema médico que pertenezca al Colegio. O sea, el Colegio es quien toma esta iniciativa pero, al igual que pasa en otras provincias –por ejemplo, en la provincia de Buenos Aires–, el sistema previsional está enlazado con el sistema de salud y, a pesar de que ambos están regulados en conjunto, son dos cosas diferentes. El tema de la matriculación en la provincia de Buenos Aires está regido por una ley, la 5.177, y la ley de previsión social es la 6.716 es la que creó las cajas donde están los representantes de los abogados, porque es un sistema democrático, representantivo, donde todos los colegios de la provincia de Buenos Aires tienen participación, pero que no tiene nada que ver con el ejercicio del control de la matrícula y demás. Por supuesto, se basa en la compulsión de los aportes, pero no podría ser de otra manera. Ningún país podría funcionar si no fuese compulsivo el cobro de los impuestos –aunque no sea lo mismo– porque nadie, voluntariamente, va a poner dinero; quizá, esto forme parte de la esencia humana, salvo en aquellas personas que tienen una concepción solidaria, pero que son minoría; en general, el ser humano tiende a ser egoista y trata de aprovechar las prestaciones buscando de pagar lo menos posible y, si no paga, mejor aún. Por ello, está la compulsión del pago de impuestos y, a raíz de ello, están los juicios de ejecución fiscal para cobrar impuestos que sirven, después, teóricamente, para que el Estado brinde seguridad, salud y educación.
Acá se mezcló todo: los impuestos con los aportes a la seguridad social y a la salud. En este sentido, quiero señalar que yo estoy de acuerdo con que el sistema impositivo argentino es altamente regresivo. Tenemos un sistema en el que el Estado le roba al pobre para darle al rico y, en proporción, esto es cierto: pagan mucho más impuestos los pobres cuando pagan el IVA al comprar un paquete de polenta de lo que pagan los ricos, que no pagan impuestos –por ejemplo– cuando realizan transferencias de acciones y demás. En nuestro país las exenciones impositivas benefician más a los que más tienen. Pero yo estoy de acuerdo, recogiendo las palabras pronunciadas por el doctor Mraz Arancibia, con que el Colegio debería bregar para que el sistema fiscal argentino no sea tan regresivo –uno de los más regresivos del mundo– y sea un sistema más justo, en el que los que más tienen paguen más. En función de ello, es correcto que aquel que recibe honorarios por cincuenta mil pesos pague más. En la concurrencia de todos los aportes, podrá tener acceso a un mínimo sistema de salud el que recibe cincuenta mil pesos de honorarios y también quien percibe 200 pesos por tal concepto. Así, quien dispone de mayores recursos podrá pagar el sistema por contribución solidaria pero, sin perjuicio de ello, podrá optar por atenderse en la clínica Mayo. Así, los abogados de menores recursos podrán atenderse en un sistema de salud más o menos digno, que le dará cobertura a ellos y a sus familias. Este es el sentido del sistema solidario.
Yo creo que, entonces, tenemos que ser honestos con nosotros mismos y basarnos en la realidad. Dije la vez pasada citando doctrina de la Corte –no de esta Corte– que la compulsión esté justificada por el principio de solidaridad, que es un principio básico. La compulsión en el aporte tiene como base la solidaridad social. El abogado que percibe 50.000 pesos de honorarios contribuye para que aquel que percibe un honorario de 200 pueda tener un mínimo de salud y un mínimo de seguridad social. En consecuencia –decía la Corte– no puede cuestionarse la legitimidad de las contribuciones exigidas o los propios destinatarios de los beneficios sociales que la institución canaliza. Es un principio básico que no tiene nada de malo. No es un sistema socialista ni confiscatorio. Es bueno recordar algo que dije la vez pasada –pido disculpas por la reiteración– que todos estos principios de que estamos hablando, que permiten el acceso a la condición de ciudadano, y no de mero habitante, fueron sentados por hombres liberales de principios del siglo XX y de fines del siglo XIX. Nosotros acá estamos haciendo eso: tomando esos viejos principios que permitieron la creación de estos sistemas. No tienen otra base que ese concepto mínimo de protección. Esta debería ser la bandera que todos enarbolemos.
No quiero abundar en mayores consideraciones. No debemos entrar en confusión y debemos tener en cuenta que cuando pensamos en un sistema de este tipo tenemos que considerar que es un principio básico de la solidaridad que indica que más aportan quienes más ganan, para contribuir a que aquellos que menos ganan, pero no por vagos, sino por circunstancias de la sociedad, puedan también acceder a ese mínimo de prestaciones a las que tienen derecho aquel que gana mucho, quien podrá decir: "Yo hago un aporte para que mi compañero de profesión pueda acceder a cierto mínimo decoroso de protección, sin perjuicio de lo cual yo me puedo dar el lujo de acceder a una medicina más sofisticada o más refinada, si quiero". Esto está pensado en función del nosotros, del todo, y no en función de uno solo. Por ello repito: tenemos que pensar en la mayoría y no en la minoría. Aquellos que tenemos una gran cantidad de años encima tenemos que pensar en aquellos abogados jóvenes y no tan jóvenes que no tienen acceso a un mínima seguridad presente y menos futura y a ninguna cobertura de salud.
Asimismo debemos terminar con esta visión de la caridad. Nosotros no tenemos que ser caritativos, sino justos. Un concepto de justicia y de equidad nos obliga, creo yo, y creo que muchos lo comparten, a integrar dos conceptos a nuestro pensamiento: el de equidad y el de solidaridad. Sobre estos conceptos están cimentados estos proyectos, que podrán ser perfectibles y revisables, pero que en su esencia deben merecer nuestro apoyo para que se instaure un sistema de seguridad social y de protección de salud que no solamente sean orgullo de los abogados, sino que sirvan. Queremos que los abogados puedan decir: "Esto no me resuelve la vida, pero contribuye a hacerla mejor", y hacer mejor la vida de la gente es un objetivo que cualquier ser humano puede proponerse.

Sr. Presidente (Dr. Germano).– Quisiera aclararles con relación a lo que dijo el doctor Kesselman, que en el sistema de previsión social, el que más aporta es también el que más cobra. Buena parte de su discurso estuvo referido al sistema de salud, pero en el sistema de previsión social los beneficios previsionales están directamente relacionados con los montos de los aportes.
Tiene la palabra el doctor Acebedo.

Dr. Acebedo.– Yo creo que el tema filosófico ya no merece otra intervención. De cualquier manera quiero recordar que no podemos negar la realidad. No podemos negar que la igualdad consiste en tratar en forma igualitaria a quienes son iguales, y no a quienes no son iguales entres sí. Efectivamente, la realidad nos indica que no todos los abogados somos iguales desde el punto de vista económico, con lo cual la desigualdad está evidentemente instalada en forma patente dentro de nuestra profesión.
Por otro lado me ha llamado mucho la atención la lectura de los dichos del doctor Rivera. El respeto intelectual que merece el colega a quien todos conocemos debería tener en cuenta que no ha analizado –supongo que exprofeso– la parte económica del proyecto. Él dice que quien cobra 50.000 pesos tiene que contribuir con 19.000 pesos, pero está mezclando lo que son impuestos, que debemos pagar de cualquier forma, con lo que son aportes previsionales, que también los tenemos que pagar de cualquier forma, con un agravante: jamás podemos pretender que se nos devuelva un solo peso de lo que aportamos, mientras que en este proyecto, si se supera la categoría máxima, automáticamente el dinero se devuelve. Por otro lado, estamos obligados hoy en día a un régimen en el que indefectiblemente, por el simple hecho de tener mayor antigüedad en la matrícula, nos aumenta el aporte. Se arranca con 100 pesos al momento de la matriculación, al tercer año se pasa a aportar 150 –centavos más, centavos menos–, y al décimo año, 245 pesos mensuales, que indefectiblemente deben ser pagados dentro de los tres primeros días hábiles del mes vencido, caso contrario empieza a correr un punitorio del 10 por ciento mensual o algo así. Son unas cifras espantosas.

Dr. Zampini.– ¿Me permite una interrupción?

Dr. Acebedo.– No.
Al cabo de 30 años de aporte y 65 años de edad esos aportes reportan una jubilación que hoy en día está alrededor de 450 pesos mensuales, y disminuyendo, porque de acuerdo a la ley 24.241, cada año a partir de 1994, para el que esté en capitalización le reportará alguna ganancia o no, dependiendo ello de la bolsa de valores, y para el que está en el régimen de reparto, le reporta apenas la mitad de lo que le reportaron los aportes anteriores al año 94. Por lo tanto, quienes más jóvenes son hoy en día, menos van a cobrar dentro de 15, 20 ó 30 años.
Nuestro proyecto tiende a lo contrario: a asegurarle a quien se tendrá que jubilar dentro de 15, 20, 30 ó 40 años, algo digno y en función de lo que aportó. Por otra parte, nadie está obligado a pagar religiosamente todos los meses. Está pensado que se va a pagar el día que se cobre. Se supone que a lo largo del año va a haber posibilidades de reunir 1200 pesos, que son 100 pesos mensuales. Ese es el mínimo, y hay varias formas de reunirlo. También está pensado que vencido el año calendario dentro del cual hay que aportar, habrá un período de no menos de 90 días para poder integrar el saldo que faltase.
Algunas críticas han apuntado al hecho de que no está contemplado cómo van a aportar los estudios organizados empresarialmente y demás. Justamente para eso está prevista la reglamentación, la cual va a depender de la Asamblea y del Directorio, que obviamente son entidades plurales, respecto de las cuales en el proyecto se establece la forma de integración de mayorías y minorías. No se deja a nadie afuera. No se deja a nadie sin la posibilidad de intervenir y de expresarse. Eso era todo puntualmente respecto de estas observaciones.

Sr. Presidente (Dr. Germano).– Tiene la palabra la doctora Stella Maris Borrego.

Dra. Borrego.– Estamos analizando el proyecto que con mucho esfuerzo hemos hecho una comisión redactora que estuvo integrada por personas que voluntariamente se ofrecieron para ello y de la cual, lamentablemente, no participaron aquellos que no quisieron.
Con relación a la lectura que hizo el doctor Mraz Arancibia de las palabras del doctor Rivera –respecto de quien, como dijo el doctor Acebedo, no puedo negar sus conocimiento sobre el tema– señalo que me niego a discutir las observaciones puntuales que hace con referencia al proyecto. Me niego, porque me habría gustado escucharlas en el momento oportuno en que ellos –cuando digo "ellos" me refiero al grupo al que pertenece el doctor Rivera– tuvieron ocasión de enviar a las personas adecuadas a su pensamiento para integrar la comisión. En ese momento hubiéramos discutido todas las cosas puntuales, con lo cual se habría enriquecido un poco más el proyecto que nosotros hemos propuesto. Reitero que no voy a discutir cada punto porque rescato lo más importante que ha dicho, que se va a negar a aprobar el proyecto. Tal vez tendría que haber empezado por allí, y no decirlo al final. "Me niego a aprobar el proyecto". Perfecto. Es dueño de su voluntad, de sus actos y de representar a las personas que representa en el lugar en el que está sentado, por no estar sentadas allí las personas que lo eligieron. Él lo dijo muy claro: partimos de principios diferentes. Él ve a la previsión social como un gasto, yo la veo como una inversión; él ve los puntos negativos de la situación, yo veo los puntos positivos. Son dos opciones diferentes de mirar la cuestión.
Como ya lo he dicho en más de una oportunidad, he integrado la Comisión de Prestaciones Sociales que, entre otras cosas, analiza los préstamos que otorga el Colegio. He escuchado historias personales terribles, las cuales se habrían podido evitar si hubiera existido una caja de seguridad social que los amparara. Cuando redactamos este proyecto no pensamos en los abogados que tenemos más de 50 años, sino en los abogados que no tienen 50 años; pensamos en el 60 por ciento de la matrícula, que es la directa destinataria de este proyecto, es decir, los jóvenes que en este momento tienen muchísimas dificultades para insertarse en la profesión. Rescato esto de lo que escribió el doctor Rivera. Es cierto. No desconozco que hay muchos problemas para insertarse en la profesión. Pero eso no significa que no se puedan impulsar proyectos para que en el mediano plazo puedan solucionarse los problemas que se plantean a los abogados jóvenes, a los no tan jóvenes y a los viejos, que después de cuarenta y cinco años de profesión no tienen dinero suficiente para pagarse una obra social.
¡Yo, Stella Maris Borrego, que estoy sentada acá, me niego a que haya abogados jubilados que después de cuarenta años de profesión por cuenta propia tengan que cobrar en este momento 220 pesos mensuales si se jubilaron por la ley 18.038 y 435 pesos mensuales si se jubilaron por la ley 24.241!
No niego que a muchos abogados les va muy bien, pero a la mayoría, como dijo el doctor Kesselman, no les va muy bien.
Entonces, yo que estoy sentada acá porque muchos abogados lo quisieron, en nombre de esos abogados que no están acá en este momento señalo que estoy de acuerdo con este proyecto. Dejo a los demás que también están sentados acá, y que representan a otro tipo de abogado, que expresen su opinión. Me parece perfecto. Los que estamos en el bloque de la mayoría es porque la mayoría nos puso acá.

Sr. Presidente (Dr. Germano).– Estela es una apasionada defensora de su proyecto.
Tiene la palabra el doctor Alvarez.

Dr. Alvarez.– No voy a reiterar los argumentos que expresé en la sesión pasada. Creo que el debate fue rico. Hago mío argumentos que expresaron algunos colegas.
Puntualmente quisiera señalar un aspecto esencial. Estos proyectos tienden a fundar las bases de un sistema solidario dado que no todos tienen la misma suerte, beneficios y utilidades como producto de su ejercicio profesional. La idea es garantizar que haya un mínimo de cobertura social y previsional más allá de cómo les haya ido profesionalmente.
Lo que también está en juego en este debate es el concepto mismo de acceso a la justicia. El consejero Mraz Arancibia, cuando leyó la exposición del doctor Rivera –entiendo que la hizo suya–, hizo una referencia específica a los posibles costos en el acceso a la justicia que significaría un proyecto de esta naturaleza. Creo que no hay un mayor costo en esta materia. Hay cientos de abogados que ejerciendo cotidianamente su profesión en diversas modalidades del ejercicio profesional hacen posible la construcción del estado de derecho. Esas modalidades de ejercicio profesional no son precisamente aquellas que producen las mayores utilidades, pero no porque no hayan tenido suerte en su profesión o no les haya ido bien o porque la situación económica de la Argentina no les fue favorable. Me refiero a abogados que ejercen su profesión en ONG vinculadas a la protección del medio ambiente, defensa de los consumidores y demás o que participan en patrocinios jurídicos gratuitos en barrios marginales, iglesias y asociaciones de la comunidad. Estos colegas ejercen esta modalidad de la profesión por convicción, por decisión propia, por proyecto de vida, generando condiciones objetivas para la construcción del estado de derecho, como decía, pero les resulta imposible participar efectivamente en una modalidad de ejercicio profesional que les garantice utilidades.
Cuando decidimos acompañar un proyecto de esta naturaleza también estamos tomando una decisión de naturaleza ética y que tiene que ver con esas modalidades del ejercicio profesional que señalé. No podemos escaparnos de este juicio ético al tomar una decisión con relación al proyecto en consideración. Cuando tomamos una decisión contraria a acompañar un proyecto solidario de estas características, sin lugar a dudas que estamos optando por desalentar, castigar o excluir esas modalidades del ejercicio profesional. A nadie se le escapa que no sólo los colegas que les va mal en la profesión sino también estos cientos de abogados que ejercen la profesión en una modalidad diferente son los que hacen cotidianamente colas en los hospitales públicos.
No tengo dudas sobre la aprobación de estos proyectos. No creo que haya que sopesar la felicidad de la mayoría y despreocuparnos por los perjuicios a la minoría de los abogados. En definitiva, lo que estamos persiguiendo con un proyecto de esta naturaleza es precisamente un valor que excede el marco de la colegiación y de los abogados, y que tiene con este valor, que es el acceso a la justicia. O sea, tiene que ver con valores que los abogados históricamente hemos sostenido. En el fondo hay un beneficio social concreto. No es una declamación. Como decía, se trata de una decisión de naturaleza ética.
Las consecuencias de la crisis social son bien conocidas por todos. Un país como el nuestro, con dos tercios de la población por debajo de la línea de la pobreza, que crece en todos los estándares que miden la exclusión, reconocido públicamente por todos los sectores y organismos internacionales, requiere una intervención clara por parte de todas las instituciones como la nuestra, el Colegio Público de Abogados. Tenemos un compromiso con la sociedad. Nosotros podemos contribuir concretamente garantizando el acceso a la justicia en el marco de este proyecto y de tantos otros relacionados con esta problemática. Por ejemplo, los manuales de educación legal y popular, los centros de orientación.
Si al menos no ven este carácter de deber social de naturaleza ética, al menos vean la necesidad de poder vivir en este país. Si no comparten los objetivos profundos, al menos dense cuenta que cuando se paran con sus vehículos 4 por 4 en un semáforo pueden recibir un disparo. ¿De qué sirve la acumulación de riqueza en un país donde no se puede vivir? Si no lo conciben como derecho, como compromiso ético, al menos encuéntrenle una motivación práctica y asuman que sólo es útil acumular riqueza en la medida en que uno pueda gozarla en paz y con la vida asegurada.
Para mí no es una novedad este debate que se da en esta sesión. En estas fundamentaciones de naturaleza filosófica que se hicieron percibo un corte transversal con relación a diversos debates que se han venido realizando en los últimos quince años en el Colegio Público. Este caso no es una excepción. En tal caso es una confirmación de diferentes concepciones respecto a la colegiación.
Reiteradas veces , y con relación a diversos temas, como los préstamos, las ayudas solidarias, el jardín maternal, la previsión social y la obra social, han surgido claramente dos concepciones respecto a la actividad colegial. Está muy claro para mí lo que está expresado en el debate de este proyecto. En consecuencia, reitero lo que dije en varias oportunidades. La abogacía organizada a nivel nacional e internacional ha saldado este debate. El doctor Pedro Kesselman citó en su intervención de la sesión pasada brillantes exposiciones y conclusiones arribadas por los abogados en la década del 50. Los abogados ya decidimos colegiarnos en el año 85 y avanzar en un colegio. Los abogados en las distintas elecciones del Colegio han expresado un modelo de colegiación amplio, que no sólo se ocupe de atender aquellas obligaciones que tienen que ver con el control de la matrícula y el ejercicio del poder de policía delegado por el Estado, sino también con la defensa del valor justicia, el acceso a la justicia y la defensa del colegiado en su conjunto. ¿Qué diferencia hay en intervenir cuando hay un abuso en una mesa de entrada o cuando un colega no puede acceder a la salud porque tiene que hacer largas colas en un hospital?
Sinceramente creo que se reedita un debate. Tengo la clara convicción de que al acompañar un proyecto de esta naturaleza estamos tomando la decisión histórica correcta.

Sr. Presidente (Dr. Germano).– Están anotados para hablar la doctora Aced y los doctores Borda y Zamenfeld.

Dra. Aced.– Voy a ser muy sintética porque este debate ha sido muy rico. Estoy totalmente de acuerdo con varias de las exposiciones que se han realizado.
Si yo hubiera pensado que la función del Colegio Público de Abogados era solamente controlar el cobro de la matrícula y tener un Tribunal de Disciplina creo que no me hubiese presentado en ninguna elección ni actuado en los diferentes órganos en los que actué. Esto lo digo porque pareciera que estamos sentados acá para hablar nada más que de algunas cosas menores pero no de las más importantes.
En el debate de la sesión pasada dije que estos proyectos de previsión social y de obra social constituyen una oportunidad histórica para cambiar el rumbo del Colegio. No tengo dudas de que es así. Jamás pensé que la colegiación obligatoria servía sólo para que nos encontremos a charlar y nada más. Para eso están otro tipo de entidades. Tenemos que brindar algunas respuestas al matriculado. No significa que al aprobar estos proyectos estamos resignando la libertad de los matriculados, como se ha dicho. ¿De qué libertad hablamos? ¿Del libertinaje a ultranza que estamos acostumbrados a tener en nuestro sociedad que nos ha llevado a esta desigualdad social, a esta falta de ética y moralidad? No me cabe la menor duda de que nuestra función es dar respuesta al matriculado, que no consiste sólo en controlarlo cuando se porta mal o si paga la matrícula. Nuestra función es darle una respuesta al matriculado con relación a su vida profesional, a su futuro y el de su familia. Por eso no tengo dudas de que deben aprobarse los proyectos.

Sr. Presidente (Dr. Germano).– Tiene la palabra el doctor Borda.

Dr. Borda.– No puedo dejar de señalar que me llama la atención algún tipo de calificativo que me hace recordar a épocas pasadas. Siento que en algunas manifestaciones hay un cierto espíritu de autoritarismo. Pareciera que es malo discrepar y que el que discrepa con una posición determinada está en una posición errónea, equivocada o mala.
Hace unos instantes se dijo que no se iba a admitir que se discutieran puntos del proyecto en tratamiento Entonces, si no se pueden discutir porque no es la instancia oportuna, creo que no tiene sentido que sigamos conversando. Votemos y terminemos el tema.
En segundo lugar, el concepto filosófico sobre lo que es ética y solidaridad no es único. Los términos solidaridad y ética son mirados desde distintas ópticas y en ninguna de ellas está la verdad absoluta.
Creo que este Consejo Directivo mostró una pluralidad de opiniones y no porque haya un sector que piense de una determinada manera el otro deja de ser ético o solidario. Podríamos discutir largamente sobre lo que es la solidaridad o qué se entiende por solidaridad; a veces, la solidaridad es muy fácil hacerla con la plata ajena y es más difícil hacerla con la propia. Y esto lo vemos a diario en una cantidad de instituciones que terminan quebradas, muchas veces, por un gran espíritu solidario. ¿Por qué? Porque los que conducen esas instituciones son solidarios con dineros ajenos.
Señor presidente: creo que estos temas merecen un estudio más profundo y, sobre todo, una consulta a quienes nos han elegido a quienes componemos los ...