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lunes, 9 de febrero de 2009

EJEMPLAR FALLO TRIBUNAL FAMILIA DE ROSARIO







"Es necesario insistir, que es un derecho del niño el mantener una comunicación fluida con ambos padres y se ha afirmado en forma constante que el padre con quien el niño vive debe facilitar la vinculación con el otro." (Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Causa N°: C. 99.273, "F. , M. B. contra R., L. . Venia supletoria" - 21/5/2008).-

La sentencia del Tribunal de Familia N° 5 de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina, integrado por los jueces Dres. Ricardo Dutto y Marcelo Molina, es un ejemplo para la Justicia Argentina ya que privilegia la vigencia y la protección del principio rector del Interés del Niño, consagrado en la legislación argentina e internacional, incluidos Tratados y Convenciones Internacionales.-
Se trata del caso de un padre que, embarcado en los mares del mundo por su profesión, ha abandonado a su hijo de 10 años provocándole en forma injustificada angustia y dolor.-
El Tribunal ordenò al Padre comprarle una Pc al niño, con càmara web, y comunicarse 3 veces por semana con su hijo.-

http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/rosario/9-17173-2009-02-06.html


Según el niño, hace 7 meses que no tiene ningún contacto con su padre ya sea en forma telefónica o via email.-
Nadie, y menos aún un padre, puede justificar tal “ausencia” en un mundo globalizado donde las comunicaciones se pueden realizar desde cualquier medio (cyber, celular, radio, etc.) y lugar.-
En mi opinión, además, es una “falta grave” la actitud del padre, quién podría incluso incurrir en suspensión o pérdida de la patria potestad de su hijo.-
La ley no ampara al “padre ausente” bajo ningún pretexto.-
Aplaudo la actitud de la madre del niño, que resulta ser una excepción a la regla según he observado en mi profesión, donde en la generalidad de los casos las madres intentan dificultar el vinculo paterno-filial transformando al menor en un “botín de guerra”, o “lavándole el cerebro” en contra del padre incurriendo en lo que se da en llamar el famoso “Síndrome de Alineación Parental” o efectuando falsas denuncias de todo tipo –incluso abusos sexuales- contra el padre para impedir el contacto paterno filial.-
No es éste el caso por la información de prensa que tengo en mi poder.-
Como letrado, repito, aplaudo la decisión judicial.-
Y como Hombre y Padre que soy, además, condeno severamente la actitud del Padre ya que, independientemente de las normas legales vigentes, abandonar a un hijo menor de edad constituye una muestra de la ausencia del mas primitivo instinto del ser humano: el amor a un Hijo.-
En síntesis: es una canallada.-
ROBERTO TERRILE
ABOGADO Y PADRE
FAU-GENTE DE DERECHO