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jueves, 5 de marzo de 2009

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DIJO: ¡CORTENLA!



LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LE DIJO “¡CORTENLA!” A LOS JUECES SAGUESIANOS DE FAMILIA Nº 2.-


El 26-XI-2008 serà recordado como el dìa en que la SCBA sacò el crucifijo, el agua bendita y el ajo para “castigar” al corazón de los vampiros de San Isidro.-


Ese dìa el mas alto Tribunal de al Provincia de Buenos Aires, poniéndose de pie en defensa un sano servicio de Administración de Justicia y del Interés Superior del Niño, les dijo a los jueces: “¡CORTENLA!”.-


En efecto: el golpe sufrido por los jueces del Tribunal de Familia Nº2, amigos y mandantes de Guillermo “Willy” SAGUES, y por ende del “Movimiento Renovador” y de las autoridades del Colegio de Abogados fue terminante.-


Dice la parte resolutiva del fallo:


“ RECOMENDAR a los Señores Magistrados integrantes del Tribunal Colegiado de Instancia Unica del Fuero de Familia Nº 2 del Departamento Judicial de San Isidro, doctores CARLOS ALBERTO RUIZ y MARIA JULIA ABAD, arbitren los recaudos tendientes a evitar –en lo sucesivo- la reiteración de situaciones como las aquì analizadas”. Fdo.: HILDA KOGAN, EDUARDO NESTOR DE LAZZARI, HECTOR NEGRI, Y HECTOR ERNESTO CAMPI, Subsecretario” (Expte. administrativo Nº 3001-32/08, caratulado: “S.C.J. SECRETARIA DE CONTROL JUDICIAL – EXPTE C.J. NRO. 321/06 – DR. TERRILE, ROBERTO OSCAR V. S/DENUNCIA”).-


Dentro de pocos dìas publicarè debidamente las “situaciones analizadas” por la SCBA.-


Sòlo dirè por ahora que lo que los mismos hechos y autores fueron denunciados oportunamente al Colegio de Abogados de San Isidro y decidieron archivar la denuncia.-


¿Cómo puede ser que los Magistrados de la Corte hayan sancionado con una diplomática “recomendación” a los Jueces, mientras que el CASI desestimaba la denuncia?


¿Tenìa razón Terrile en sus denuncias?


La SCBA le dijo que sì.-


El CASI AMIGO DE LOS JUECES le dijo que no.-


El “Movimiento Renovador” de GUILLERMO SAGUES, con GUSTAVO CAPPONI presidiendo el CASI, despreciò olímpicamente a un Abogado y Padre que denunciaba la ineficiencia, la ineptitud y la irresponsabilidad en el ejercicio de la Magistratura.-


Estos Jueces, además, han incurrido en el delito de denegación maliciosa de Justicia contemplado en el C.Penal.-


No me alcanza con la “recomendación” que hiciera la SCBA, aunque debo decir que es un importantísimo paso en esta batalla contra la CORRUPCIÓN JUDICIAL Y POLÍTICA reinante en S. Isidro.-


La SCBA reconoció expresamente que Terrile tenìa razón.-


Mientras muchos Abogados me decìan que me callara, que moderara el lenguaje o que como estaba litigando en causa propia habìa perdido mi objetividad, la SCBA me dio la razón.-


¿Qué me van a decir ahora aquellos señoritos recatados y mesurados que pretendieron “disciplinarme” con un Tribunal de Disciplina por decir la verdad de estos jueces?


Sì, me condenaron con una multa por acusar a estos jueces.-


Nunca entendieron nada.-


El amiguismo y el "siwillismo" les hizo perder objetividad.-


¿Y ahora que?


La SCBA les dijo a sus amiguitos : ¡Córtenla!.-


Esta es la prueba de que algo raro, muuuuuuy raro pasa en S.Isidro.-


Gracias a todos los que me apoyaron, me dieron su solidaridad, su comprensión, su cariño, los que me escucharon, los que se animaron a hablar, los que fueron al acto del dìa 20-XI-2008 a golpear las puertas de estos jueces como protesta por el desprecio que tienen de los Derechos del Niño.-


Gracias a todos los que confiaron en mì, a pesar de mi alegre y adolescente locura.-


Y especialmente voy a recordar ahora al Dr. Rubén Chaparro y al Dr. Daniel Solignac, que fueron los ùnicos que al comienzo de mi lucha se jugaron por mì.-


Para terminar quiero agradecer al FAU-GENTE DE DERECHO por el apoyo, el cariño y la solidaridad brindada en los ùltimos tiempos.-


El triunfo mìo es de todos ustedes.-


Y de mi Hijo Roby tambièn.-


Un abrazo a todos.-

ROBERTO TERRILE
ABOGADO Y PADRE
FAU-GENTE DE DERECHO

miércoles, 4 de marzo de 2009

EL DERECHO DEL NIÑO A EXPRESARSE Y QUE SU OPINION SEA TENIDA EN CUENTA POR LOS JUECES

EL "INTERES SUPERIOR DEL NIÑO"
Y

INTERE$ $UPERIOR DE LOS JUECE$ $AGUESIANO$
(TRIBUNAL DE FAMILIA N° 2 DE SAN ISIDRO)







“Art. 12.1. Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio del derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño”
(Convención sobre los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York, el 20 de noviembre de 1989 y aprobada por ley 23.849, ha sido incorporada al texto de la Constitución de la Nación Argentina por la reforma de 1994 en el art. 75 inc. 22, 2º párrafo).-


“Creemos que en función de la incidencia que implica en la vida de la menor la decisión a tomar, es imprescindible conocer de boca propia de ella cuáles son las sensaciones que experimentan en su realización, las modalidades que más le favorecen, y penetrar en lo más íntimo de sus preferencias..... En consecuencia cabe garantizar al niño la expresión libre de su opinión, dándole oportunidad de ser debidamente escuchado
(Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Argentina – Acuerdo N° 87.754, Autos: "B. d. S. , D. contra T. , E. . Exhorto", Febrero de 2005 – voto del Dr. Hitters.)”



Sabido es que el moderno Derecho de Familia ha establecido el Derecho del Niño a ser oído cuando su Interés Superior está en juego.-

Sin embargo, en la práctica diaria judicial del saguesiano Tribunal de Familia N° 2 de San Isidro, se lo cita al menor pero no se deja constancia de su opinión, y simplemente se labra un acta de 2 renglones mencionando su presencia frente a los Jueces del Tribunal.-


En criollo: los jueces pasan lista y ponen "presente", como en el Colegio ¿te acordàs?.-

Entre nosotros, a mi Hijo lo citaron los Jueces.-





Esperó 4 horas a que lo atiendan, perdió el día de clase y la entrevista duró 3 minutos. Le preguntaron si le gustaba el fútbol y como le iba en el colegio.-
Nada relacionado con el objeto del juicio.-

Ahora bien esta situación –sin perjuicio de ser una manifestación del oscurantismo impuesto en San Isidro desde hace varios años - vulnera el derecho del Niño a la Libertad de Expresión y de Opinión.-

En efecto: ¿de que sirve citar a un menor si no queda ninguna constancia de su opinión?
Considero que la inexistencia de sus opiniones, de sus deseos, de sus sentimientos, de sus valores, de sus aflicciones, etc., constituye nada mas y nada menos que un acto de CENSURA JUDICIAL al mismo Niño, sin perjuicio de constituir una prohibición a que las partes del proceso y otros funcionarios y magistrados judiciales intervinientes tomen conocimiento de las señaladas opiniones al momento de expedirse sobre la situación de hecho planteada en sede judicial.-

Esto es aberrante desde un punto de vista procesal.-
Es la violación de un derecho inalienable al Ser Humano cual es su Libertad de Opinión y de Expresión.-
¿Cómo va a dictaminar la Asesora de Menores sobre un tema si no conoce la opinión del menor? ¿Cómo resolverán un recurso de apelación los Jueces del Tribunal Superior si tampoco conocen la opinión del niño?.-
Si la peor calaña de nuestra Sociedad -chorros, violadores, asesinos, narcos, pedófilos- tiene derecho a hacerse oir y sus opiniones quedan detalladamente labradas en la indagatoria ¿por qué a los chicos no se los trata de igual modo? ¿Y el principio de Igualdad ante la Ley, el debido proceso, etc.?.-
Este erróneo y caprichoso “modus operandi” del Tribunal señalado constituye nada mas y nada menos que una forma de cumplir formal y disfrazadamente con un mandato legal labrando un acta de 2 líneas, quedando de tal modo demostrada su absoluta falta de compromiso con el verdadero espíritu de la norma: proteger el Interés Superior del Niño.-

¡ Ni que hablar de HACER JUSTICIA CONFORME A DERECHO EN TIEMPO Y FORMA!
De ello se deduce que para los Jueces del Tribunal de Familia N° 2 de San Isidro nada importa el Interés Superior del Niño, menos aún su opinión y el cumplimiento efectivo de la normativa nacional e internacional que lo protege.-

Sin embargo, distinto interés demuestran los citados Magistrados cuando todos los meses reciben el sobre en sus despachos con el dinero que pagamos los Argentinos.-

Ese es el verdadero Interé$ $uperior que prevalece en los jueces María Julia Abad, Gustavo Halbide y el patotero de Carlos Alberto Ruiz.-

sábado, 28 de febrero de 2009

ST. CATHERINE`S MOORLANDS SCHOOL: CASO DE DISCRIMINACION Y ABUSO DE PODER DISCIPLINARIO


Sra. Marìa Josè Lubertino
Presidente del INADI


Lic. Pablo Roma
INADI Provincia de Bs.As.


Son las autoridades que deberìan "tomar carta" en el asunto.-


GRAVES ACTOS DISCRIMINATORIOS EN UN DISTINGUIDO COLEGIO DE PILAR:
"ST. CATHERINE’S – MOORLANDS SCHOOL".-











Ya sabemos los Argentinos que la ciudad de Pilar (Provincia de Buenos Aires) es “tierra de nadie” donde muchos funcionarios (Intendentes, policías, Fiscales) y habitantes de los countries hacen lo que quieren.-

El “paráme la policía”, las patotas VIP, los “Tribunales de Disciplina” truchos e ilegales, negociados con las ventas de las calles municipales a los countries, fiscal que no investiga un asesinato en un country por una cuestión de “temor reverencial” a otro fiscal, y un muy largo etc. que usaré para no salir del tema que nos convoca.-

Pues bien, ahora le toca a los colegios, específicamente a uno muy distinguido: el St. Catherine’s-Moorlands School (nombre de fantasía que usa el "Instituto Argentino Bilingüe S.A."), ubicado sobre la Panamericana en las cercanías de Del Viso.-

Sabido es que estas instituciones –me refiero a los colegios en general- fueron creadas con el fin de educar a nuestros hijos.-

Sabido es también que, como toda institución educativa, tienen que ejercer cierto poder disciplinario para imponer el orden, la buena convivencia y el respeto mutuo dentro de la comunidad.-

Sabido es también que los mayores que allí trabajan como docentes, tienen la responsabilidad y la obligación de ser ejemplos para los menores que tienen a su cuidado y cargo.-

Ahora bien, hecha esta introducción pasaré a narrar los hechos ocurridos.-

1.- Docente que insulta alevosamente a un alumno delante de todos sus compañeros;
2.- Docente que obliga a lavar el piso a un alumno, también delante de sus compañeros, como castigo por habérsele caído una lata de gaseosa durante el almuerzo.-
3.- No renovarle la matrícula a ese alumno por falsas razones “disciplinarias y académicas”: alegaban mala conducta y que se llevaba materias, siendo que el alumno en cuestión estaba en igual condición que otros compañeros los cuales no fueron “sancionados” de igual manera.-

En criollo, esto se llama “abuso de poder disciplinario” y discriminación.-

Si tenemos en cuenta, además, que el alumno transcurrió en dicho colegio toda su vida escolar, notamos que la gravedad del hecho aumenta dado que ha perdido de tal modo la posibilidad de recibirse con sus compañeros y amigos de toda la vida.-

El daño moral es manifiesto y arbitrario en los 3 supuestos detallados anteriormente.-

Hace varios meses, y luego de salir de una audiencia, un distinguido y muy reconocido Abogado penalista cuyas hijas pasaron también por dicho colegio lo calificó duramente diciendo que era “una mierda”.-

Reconozco que el querido colega es muy temperamental y quizá se haya excedido un poco en el vocabulario, pero el concepto que tengo yo de ese colegio no difiere mucho de la expresión usada, tan habitual en el lenguaje común de nosotros, los Argentinos.-

En tal caso, el Colega no habló como Abogado, sino como Padre, y desde ese punto de vista no solo le doy la razón sino que también comparto el vocablo, dado que vejar a un menor de edad, de la manera como lo hicieron las autoridades del Colegio, no merece otro calificativo.-





O si lo merece, pienso que el mas adecuado es el usado por el Colega.-

Por supuesto que la docente y el Director de la secundaria, a pesar de todo lo ocurrido y denunciado por el Padre del menor en cuestión, siguen en sus funciones como si nada hubiera ocurrido.-

Siempre pasa lo mismo: cuando un alumno es asesinado, violado o maltratado por un docente o empleado, el colegio y sus autoridades se convierten en el escudo que protege al victimario.-

El más absoluto silencio sobre el tema y/o “ensuciar” al alumno-víctima con declaraciones de sus autoridades, es la táctica adecuada para no perder prestigio ni la clientela que pone la platita todos los meses.-

Se usa tal estrategia como forma de evitar el “éxodo” de los aportantes y consecuentemente la ruina económica de la empresa/negocio/colegio.-

Recordemos que el colegio en cuestión es una Sociedad Anónima de carácter comercial y que por ley tiene por objeto principal el lucro.-

Art. 8° del Código de Comercio: “La Ley declara actos de comercio en general: ........6) los seguros y las Sociedades Anónimas, sea cual fuere su objeto”.-





Lo triste de todo lo narrado es que son cientos los alumnos que se están “educando” en ese ambiente tan nocivo y perverso donde la hipocresía, la mentira, la discriminación, el abuso de poder y la impunidad de los mayores van de la mano del lucro económico de sus dueños.-





MABEL MAZZINI M.B.E.



(Fundadora y Presidente del Consejo)



Estas personas junto a la Fundadora, integran el Consejo de Decisiòn, y son responsables de los hechos que se denuncian:




PROF. MABEL MARÍA MAZZINI DE MANZITTI
DR. EDGARDO P. MANZITTI
DR. LORENZO M. RIVARA
PROF. MARÍA JULIA HIRIART
PROF. PAULA MANZITTI DE O´CONOR



No es así como conseguiremos Ciudadanos que respeten y protejan el Estado de Derecho, la Constitución, la Ley y la Dignidad del Hombre.-

El Padre, a quien conozco muy bien, promete dar batalla por dos motivos:

1.- demostrarle a su Hijo que el delito no debe ni puede quedar impune; y
2.- que su Valor, su Dignidad y su Hombría de bien, a pesar de sus cortos y adolescentes16 años, quedarán intactos.-

Este blog será el diario de la batalla que se aproxima.-



3558 contactos, del exterior y de la Argentina (medios de prensa, ONG, Partidos Polìticos, Autoridades Nacionales y Provinciales, diputados, senadores, Abogados, Colegios de Abogados, Organizaciones de Padres de todo el mundo, barrios cerrados y countries de Pilar, y Ciudadanos en general) tomaràn conocimiento de esta manifestaciòn de "Barbarie".-

Buenos Aires, 28-II-2009

martes, 17 de febrero de 2009

¿QUIEN SERA LA PROXIMA VICTIMA?











Hoy le "tocò" a èl, el Teniente de la Policìa de la Provincia de Buenos Aires, Aldo Garrido.-



Mañana....¿seràs vos?



Hace unos meses escribì esto:












Pero parece que todo sigue igual.-



¿O me equivoco?


SERA JUSTICIA

lunes, 9 de febrero de 2009

EJEMPLAR FALLO TRIBUNAL FAMILIA DE ROSARIO







"Es necesario insistir, que es un derecho del niño el mantener una comunicación fluida con ambos padres y se ha afirmado en forma constante que el padre con quien el niño vive debe facilitar la vinculación con el otro." (Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Causa N°: C. 99.273, "F. , M. B. contra R., L. . Venia supletoria" - 21/5/2008).-

La sentencia del Tribunal de Familia N° 5 de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina, integrado por los jueces Dres. Ricardo Dutto y Marcelo Molina, es un ejemplo para la Justicia Argentina ya que privilegia la vigencia y la protección del principio rector del Interés del Niño, consagrado en la legislación argentina e internacional, incluidos Tratados y Convenciones Internacionales.-
Se trata del caso de un padre que, embarcado en los mares del mundo por su profesión, ha abandonado a su hijo de 10 años provocándole en forma injustificada angustia y dolor.-
El Tribunal ordenò al Padre comprarle una Pc al niño, con càmara web, y comunicarse 3 veces por semana con su hijo.-

http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/rosario/9-17173-2009-02-06.html


Según el niño, hace 7 meses que no tiene ningún contacto con su padre ya sea en forma telefónica o via email.-
Nadie, y menos aún un padre, puede justificar tal “ausencia” en un mundo globalizado donde las comunicaciones se pueden realizar desde cualquier medio (cyber, celular, radio, etc.) y lugar.-
En mi opinión, además, es una “falta grave” la actitud del padre, quién podría incluso incurrir en suspensión o pérdida de la patria potestad de su hijo.-
La ley no ampara al “padre ausente” bajo ningún pretexto.-
Aplaudo la actitud de la madre del niño, que resulta ser una excepción a la regla según he observado en mi profesión, donde en la generalidad de los casos las madres intentan dificultar el vinculo paterno-filial transformando al menor en un “botín de guerra”, o “lavándole el cerebro” en contra del padre incurriendo en lo que se da en llamar el famoso “Síndrome de Alineación Parental” o efectuando falsas denuncias de todo tipo –incluso abusos sexuales- contra el padre para impedir el contacto paterno filial.-
No es éste el caso por la información de prensa que tengo en mi poder.-
Como letrado, repito, aplaudo la decisión judicial.-
Y como Hombre y Padre que soy, además, condeno severamente la actitud del Padre ya que, independientemente de las normas legales vigentes, abandonar a un hijo menor de edad constituye una muestra de la ausencia del mas primitivo instinto del ser humano: el amor a un Hijo.-
En síntesis: es una canallada.-
ROBERTO TERRILE
ABOGADO Y PADRE
FAU-GENTE DE DERECHO

miércoles, 31 de diciembre de 2008

¡VAMOS A ROMPER CON LA IMPUNIDAD Y CON LA DINASTIA "SAGUES" !






¡VAMOS A ROMPER CON LA IMPUNIDAD!
¡VAMOS A ROMPER CON LA DINASTIA SAGUES!
¡VAMOS POR MAS!

ROBERTO TERRILE

ABOGADO

FAU-GENTE DE DERECHO