EL "INTERES SUPERIOR DEL NIÑO"
Y
INTERE$ $UPERIOR DE LOS JUECE$ $AGUESIANO$
(TRIBUNAL DE FAMILIA N° 2 DE SAN ISIDRO)
INTERE$ $UPERIOR DE LOS JUECE$ $AGUESIANO$
(TRIBUNAL DE FAMILIA N° 2 DE SAN ISIDRO)
“Art. 12.1. Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio del derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño”
(Convención sobre los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York, el 20 de noviembre de 1989 y aprobada por ley 23.849, ha sido incorporada al texto de la Constitución de la Nación Argentina por la reforma de 1994 en el art. 75 inc. 22, 2º párrafo).-
(Convención sobre los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York, el 20 de noviembre de 1989 y aprobada por ley 23.849, ha sido incorporada al texto de la Constitución de la Nación Argentina por la reforma de 1994 en el art. 75 inc. 22, 2º párrafo).-
“Creemos que en función de la incidencia que implica en la vida de la menor la decisión a tomar, es imprescindible conocer de boca propia de ella cuáles son las sensaciones que experimentan en su realización, las modalidades que más le favorecen, y penetrar en lo más íntimo de sus preferencias..... En consecuencia cabe garantizar al niño la expresión libre de su opinión, dándole oportunidad de ser debidamente escuchado”
(Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Argentina – Acuerdo N° 87.754, Autos: "B. d. S. , D. contra T. , E. . Exhorto", Febrero de 2005 – voto del Dr. Hitters.)”
Sabido es que el moderno Derecho de Familia ha establecido el Derecho del Niño a ser oído cuando su Interés Superior está en juego.-
Sin embargo, en la práctica diaria judicial del saguesiano Tribunal de Familia N° 2 de San Isidro, se lo cita al menor pero no se deja constancia de su opinión, y simplemente se labra un acta de 2 renglones mencionando su presencia frente a los Jueces del Tribunal.-
En criollo: los jueces pasan lista y ponen "presente", como en el Colegio ¿te acordàs?.-
Entre nosotros, a mi Hijo lo citaron los Jueces.-
Esperó 4 horas a que lo atiendan, perdió el día de clase y la entrevista duró 3 minutos. Le preguntaron si le gustaba el fútbol y como le iba en el colegio.-
Nada relacionado con el objeto del juicio.-
Ahora bien esta situación –sin perjuicio de ser una manifestación del oscurantismo impuesto en San Isidro desde hace varios años - vulnera el derecho del Niño a la Libertad de Expresión y de Opinión.-
En efecto: ¿de que sirve citar a un menor si no queda ninguna constancia de su opinión?
Considero que la inexistencia de sus opiniones, de sus deseos, de sus sentimientos, de sus valores, de sus aflicciones, etc., constituye nada mas y nada menos que un acto de CENSURA JUDICIAL al mismo Niño, sin perjuicio de constituir una prohibición a que las partes del proceso y otros funcionarios y magistrados judiciales intervinientes tomen conocimiento de las señaladas opiniones al momento de expedirse sobre la situación de hecho planteada en sede judicial.-
Esto es aberrante desde un punto de vista procesal.-
Es la violación de un derecho inalienable al Ser Humano cual es su Libertad de Opinión y de Expresión.-
¿Cómo va a dictaminar la Asesora de Menores sobre un tema si no conoce la opinión del menor? ¿Cómo resolverán un recurso de apelación los Jueces del Tribunal Superior si tampoco conocen la opinión del niño?.-
Si la peor calaña de nuestra Sociedad -chorros, violadores, asesinos, narcos, pedófilos- tiene derecho a hacerse oir y sus opiniones quedan detalladamente labradas en la indagatoria ¿por qué a los chicos no se los trata de igual modo? ¿Y el principio de Igualdad ante la Ley, el debido proceso, etc.?.-
Este erróneo y caprichoso “modus operandi” del Tribunal señalado constituye nada mas y nada menos que una forma de cumplir formal y disfrazadamente con un mandato legal labrando un acta de 2 líneas, quedando de tal modo demostrada su absoluta falta de compromiso con el verdadero espíritu de la norma: proteger el Interés Superior del Niño.-
¡ Ni que hablar de HACER JUSTICIA CONFORME A DERECHO EN TIEMPO Y FORMA!
De ello se deduce que para los Jueces del Tribunal de Familia N° 2 de San Isidro nada importa el Interés Superior del Niño, menos aún su opinión y el cumplimiento efectivo de la normativa nacional e internacional que lo protege.-
Sin embargo, distinto interés demuestran los citados Magistrados cuando todos los meses reciben el sobre en sus despachos con el dinero que pagamos los Argentinos.-
Ese es el verdadero Interé$ $uperior que prevalece en los jueces María Julia Abad, Gustavo Halbide y el patotero de Carlos Alberto Ruiz.-
2 comentarios:
Estimado
Cuanta verdad encierra la justicia ,pero la misma es tan pequeña como una aguja en un pajar de mentiras ,donde el arte de ser un buen juez es tener las herramientas de la sabiduria .de la equidad ,de la moral , las buenas costumbres ,donde a los que le pagamos el sueldo ,tienen la obligacion de brindar el resultado justo LLAMADO "JUSTICIA" para cada caso que se le confía.
Pero no debemos olvidar ,que son humanos ,padecen de todo tipo de pecados y vicios , por ello el sistema admite el error de la primera instancia,la de la segunda,la de la tecera ,la de la cuarta ó suprema corte .
POR TODO ELLO ,NOS SALE DEMASIADO CARO MANTENERLOS ACTIVOS .FIJATE QUE PARA DETECTAR EL VICIO PROCESAL ,EL INOCENTE DEBE SOPORTAR EL ACOSO JUDICIAL CON MEDIDAS PRECAUTORIAS ABUSIVAS PARA LLEGAR A DESGASTAR LA VOLUNTAD DEL LEGÍTIMO POSEEDOR DEL DERECHO. DONDE EL VERDADERO CULPABLE YA ESTA SALIENDO AIROSO ,SOLO AL LOGRAR QUE DURANTE EL PROCESO SE APLIQUEN LAS DISTINTAS RESTRICCIONES QUE VAN MAS ALLA DE LA PRESUNCION DE CULPABLE.
SE OLVIDAN LOS JUECES QUE LA PRESUNCION DE INOCENCIA VA ADELANTE DE TODO DERECHO HASTA QUE SE DEMUESTRE LO CONTRARIO .
ES UN DERECHO CONSTITUCIONAL ADQUIRIDO POR LO TANTO DEBE SER RESPETADO ,DENUNCIANDO A QUIEN LO VIOLE ANTE LOS ORGANISMOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL DE LOS PAISES MIEMBROS.
TE CUENTO Y CONSTA EN LOS PERITAJES PSICOLOGICOS REALIZADOS EN LOS GABINETES DE SAN ISIDRO .
DONDE CONSTA QUE MI HIJA EN ESE ENTONCES TRES AÑOS DE EDAD "SUFRE POR AUCENCIA DE PADRE" ,RAZÓN DE ELLO QUE SU SRIA EL DR PUGA ,SEC, TANZI , AUTORIZAN A LAS VISITAS QUE EL PADRE TIENE DERECHO ,NO SOLO POR QUE LE CORRESPONDEN ,SINO QUE LA MISMA ES UNA ESPECIAL PROTECCION PARA QUE LA MISMA SE DESARROLLE EN CONDICIONES QUE NO AFECTEN SU NORMAL DESARROLLO.
COSA QUE SERVIRA COMO PRUEBA CONTRA LA VIOLACION DE LOS D.S.N. ANTE LA CORTE INTERNACIONAL.
EN EL CASO DE MI EX-SRA EL RESULTADO DICE" MENTALIDAD LÁBIL,INMADURA ,FANTACIOSA Y DEPENDIENTE".
POR TODO LO PROBADO ,SU SRIA EL DR PUGA,SEC TANZI , NO HACE LUGAR EN EL JUICIO PRINCIPAL INICIADO POR MÍ,POR ABANDONO MALICIOSO DEL HOGAR LLEVANDOSE A NUESTRA HIJA.
ADEMAS DEBO DECIR ,QUE AMBOS TRABAJABAMOS EN LA MISMA EMPRESA ,Y EN RAZON DE SU ABANDONO INFLUYO EN LA MISMA PARA QUE ESTA IMPORTANTE EMPRESA INTERNACIONAL ME DESPIDA POR VOLUNTAD MALICIOSA DE MI EX-SRA,CAUSANDONOS PERJUICIO.
LA MALICIA CONTINUA POR PARTE DE ELLA Y SU APODERADO ,QUIENES INICIAN UN INCIDENTE POR ALIMENTOS PARA ELLA Y MI HIJA ,TODO ESTO BASADO EN QUE NO PUEDEN VIVIR SIN MI APORTE ,EL CUAL CULMINA CON EL REMATE DE MIS BIENES EN FORMA FRAUDELENTA.POR LOS VICIOS DEL PROCESO CIVIL ,DENUNCIADOS EN EL PENAL.
O SEA QUE LA SRA OBTIENE UNA SENTENCIA FAVORABLE DE CUOTA ALIMENTARIA PROVISORIA (POR SIEMPRE) A PESAR DE RESULTAR CULPABLE EN EL PRINCIPAL DEL DIVORCIO ,NO TENIENDOSE EN CUENTA QUE PERDÍ EL TRABAJO POR SU EXCLUSIVA CULPA.
LO QUE QUIERO DESTACAR QUE LAS MEDIDAS CAUTELARES ADOPTADAS COMO CUOTAS ALIMENTARIAS PROVISORIAS PARA LA SRA ,SON UNA VIOLACION Y UN ABUSO AL HABER SALIDO POSTERIORMENTE CULPABLE.
ADEMÁS LA CAMARA DE S.ISIDRO ,NO TOMO EN CUENTA SU TARDIO RECLAMO ,NI SU CONDENA , Y ME VUELVE A CONDENAR CON CINCO AÑOS DE CUOTAS ALIMENTARIAS MÁS PORQUE DICEN QUE LA PRESTACION ALIMENTARIA NO CESA ISOPFACTO POR HABER SALIDO CULPABLE SINO HABIA QUE PEDIRLO .
TRATO DE RESUMIR
TODOS LOS JUECES (12) INTERINOS O SUBROGANTES QUE HAN OMITIDO,VIOLADO,EL EXTE PRINCIPAL,Y SE MANEJARON SOLO POR LOS INCIDENTES LOS QUE DEBERIAN HABER SIDO CONCATENADOS CON EL PRINCIPAL ,LOS ACUSO DE HABER COMETIDO "EL DELITO" DE PELIGRO" CAUSANDOME DAÑOS IRREPARABLES ,EJECUTADOS BAJO EL VERDUGO DE TURNO TITULAR HEREDERO DE LOS VICIOS DR CARLOS RIBERA ,HOY CAMARISTA ,QUIÉN COMETIÓ OMISIONES GRAVES EN LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA EN EL JUZGADO CIVIL Nº 5 , POR OMITIR HACER DENUNCIAS PENALES POR FRAUDE PROCESAL A LA SU VISTA,POR NO HACER LA DENUNCIA DE ROBO DE DOCUMENTOS DE PRUEBAS A
MI FAVOR DEPOSITADAS EN CUSTODIA EN LA CAJA FUERTE DEL JUZGADO ,PARA RECONOCERME TARDIAMENTE DESPUES QUE ORDENO EL PRIMER REMATE EN EL AÑO 1996 (50% COMO GANANCIAL),RECONOCIENDO TARDIAMENTE MI RAZÓN PROBADA COMO PROPIO EL 100 %, VOLVIENDO A EJECUTARME EL RESTO OTRO 50% ,ADMITIENDO EL FRAUDE Y SU OMISION GRAVE DEL INCUMPLIMIENTO DE SUS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO.
(CONSTA EN SEDE PENAL)
TODO ESTO LO QUIERO DEJAR ASENTADO
YA QUE DEBIDO A MI EDAD ,ESTO NO QUEDE COMO "LO QUE EL VIENTO SE LLEVO".
NO QUIERO QUE ME PASE LO QUE A PEDRO CASTELLI ,QUIÉ SE LLEVO SUS DERECHOS A SU TUMBA.
QUIERO QUE LOS MISMOS SEAN TENIDOS EN CUENTA EN LOS FUTUROS ACTOS DE JUSTICIA PLENA ,ESTÉ O NO PRESENTE EN ESTA DIMENSION TERRENAL.
MIS HIJAS DEBERAN SER RESARCIDOS POR LOS DAÑOS DEL PODER JUDICIAL NOS HAN OCASIONADO A TODOS .
Y EN ESPECIAL DECLARAR MI "INOCENCIA" ,POR ERROR JUDICIAL.
CONSTE.
MI PEQUEÑO RELATO DA FÉ QUE LA TORTURA JUDICIAL Y EL ACOSO EXISTE , FUÉ VIOLADA LA CONSTITUCION UNA VES MÁS.
TAL COMO LO DIJO ESE SR O.G. MANDINO " LO DIGO HOY ,Y DOY FÉ COMO SI FUERA EL ÚLTIMO DÍA DE MI VIDA" ,YA QUE NO SE SI LLEGARÉ A OTRAS INSTANCIAS EXTERNAS.
¡"OID MORTALES EL GRITO SAGRADO
LIBERTAD ,LIBERTAD,LIBERTAD" ¡
EMILIO STRUHAR
DNI 4568705
Acaba de suceder lo mismo con mi hija en Capital Federal, en la Cámara.
Una vergüenza.
Todo lo que ella dijo a cerca de por qué no quería ver a su padre, fué refutado por estos 4 personajes que la indagaron durante hora y media, al punto de hacerla llorar.
Lo que valía no era por qué ella no quería ver a su padre, sino revincularla, sin importar que fué abusada por su progenitor de pequeña.
Para qué decidieron "escucharla" luego de 2 años de pedirlo?
Para qué faltó a la escuela su 2º día de clases?
Para qué la sometieron a semejante manoseo si argumentaron finalmente que no estaba en edad de decidir?
Ella con 11 años pidió que tomaran nota de lo que iba a hablar y le dijeron que ellos se iban a acordar perfectamente de todo.
Lo único que repetían era "vos tenés que perdonar a tu papá" (que nunca le pidió disculpas, porque obviamente niega haberla abusado)
Al salir de la "audiencia" uno de los camaristas la presionó para que le diera un besito a su papá que estaba allí fuera.
Ella no quería y este le dijo "si no lo hacés por vos, HACELO POR MI.."
(por un desconocido..)
Me pregunto; qué clase de enseñanza es esa para un niño?..
No será que son todos perversos?..
Cada vez me convenzo más que si uno es sucio, en un país tan mediocre como este, triunfa y que si uno es noble y honesto, está frito.
Todo está hecho y armado para defender al abusador, muy lejos de proteger al menor.
O será tanta la ignoranca de los "profesionales" que desconocen el poder de manipulación de un psicópata??
L A M E N T A B L E!!!!
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