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sábado, 7 de marzo de 2009

TRIBUNALES DE FAMILIA DE SAN ISIDRO: EL FALLO DE LA CORTE - COMENTARIOS

COMENTARIOS AL FALLO

1.- MOTIVO DE LA DENUNCIA AL TRIBUNAL


El Padre solicitó durante mas de dos meses (y lo sigue haciendo en la actualidad) una urgente “...medida precautoria ...ignorada por el Tribunal de Familia N° 2 del Departamento Judicial de San Isidro, tiene como único objetivo prevenir que no se produzcan eventuales daños en su Integridad Física a un Menor de Edad y a su Padre por un eventual y probable “fuego cruzado” o una “balacera” en una “zona de alto riesgo...” en virtud de un probable enfrentamiento armado entre un comando o banda de delincuentes y la guardia. Es importante destacar la ola de ataques y robos a countries de Pilar en los últimos años.



Fotos de guardias de la entrada principal por donde se retira al menor en el "Country Los lagartos" de Pilar
Fueron agregadas al expediente judicial para solicitar la medida precautoria.-


Ya existen heridos y muertos en las guardias de los countries por tal motivo, y por ello sus guardias usan chalecos antibalas.

2.- LOS ARGUMENTOS DE LOS JUECES ACUSADOS.-



Básicamente son 3:


1.- Que actuaron bien y resolvieron las peticiones del Padre.-
2.- Que la cuestión estaba precluída cuando es sabido que en un tema como el regimen de visitas nada precluye, y menos aún cuando corre riesgo la vida de un menor.-
3.- Que el Padre se había portado en forma indecorosa frente al Tribunal con sus expresiones redactadas en los escritos.-

Ambos argumentos son improcedentes, falsos, maliciosos y demuestran que clases de Jueces son.-



A.- RUIZ: el mismo Juez que calificó en una sentencia al Dr. Julio Ramos (Ambito Financiero) como mal padre porque no sabía hacer asados, el mismo Juez que mereció una apercibimiento de la Corte por tomarse a golpes de puño con su Secretario en el Tribunal, el mismo Juez que durante Febrero de 2008 se ausentó del Tribunal junto a sus colegas dejando los expedientes que durmieran 20 días, el mismo juez que me gritó cobarde e indigno en una audiencia y luego hizo un abandono irresponsable de la misma, el mismo juez que desafió a un Abogado a agarrarse a las trompadas en la calle, el mismo juez que le prohibieron entrar al colegio de sus hijos (Lasalle) por su conducta agresiva en los partidos de rugby donde los menores jugaban, etc. no solamente mintió a la Corte sino que también intentó lavarse las manos y tirar caquita a sus colegas invocando que el no era el Presidente del Tribunal y por lo tanto no era el juez de trámite. Además, este “humilde y modesto” juez (como bien lo resalta la Corte con letrita cursiva) introdujo el hecho de que supuestamente yo lo había agredido a él, a su mujer y a sus hijos, demostrando su conducta canallesca y mentirosa. Con su caprichoso criterio de condicionar la medida cautelar pedida en beneficio de un menor para que no revienten a balazos al retiro de un escrito demostró que es mas importante el Interés superior del Juez “ofendido” que el Interés Superior del Niño. Es incalificable y desde hace muchos años la conducta de RUIZ. La Corte no le dio bola.-

B.- ABAD: esta mujer es la misma juez irresponsable que ante una denuncia falsa de la madre y sin ninguna prueba, suspendió el regimen de visitas durante 2 meses. Miente cuando afirma que me recibió en su despacho durante la feria, miente cuando afirma que actuó en forma “diligente”, y desprecia la vida de un menor ordenando el retiro de un escrito. Ordenó de oficio la audiencia de vista de causa cuando existían importantes pruebas pendientes de producción y traslados de pericias que aún no habian sido notificados y menos aún sustanciados. Miente cuando afirmó que “siempre primó el interés del menor”. Es la misma juez que abandonó el Tribunal en Febrero dejando que los expedientes alargaran sus vacaciones 20 días mas. La misma Juez que permitió que su colega me insultara en sus propias narices sin tomar ninguna medida al respecto. Con el fallo de la Corte, se ratifica lo que pienso de ella y de sus colegas: son ineficientes, ineptos e irresponsables.-

C.- HALBIDE: el mismo Juez que permitió, junto a la anterior, la suspensión del regimen de visitas durante 2 meses. Pretende ser camarista. Le importa un pito la vida de un menor. Escribió un libro que recomiendo no comprarlo por su baja o nula calidad jurídica.-

3.- LA POSICIÓN DE LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA:

Excelente. Objetiva. Impecable. Prudente. Razonada. Conforme a Derecho.-

4.- LA DECISIÓN DE LA CORTE:


Por un lado, y desde el punto de vista de la evaluación de los hechos denunciados, no merece objeción alguna.-
Sí en cambio discrepo con la RECOMENDACIÓN efectuada, ya que considero como CIUDADANO, ABOGADO Y PADRE que debió: a) ordenar la investigación penal por la comisión del delito previsto en el art. 249 del Código Penal: denegación maliciosa de Justicia, y b) solicitar se arbitren las medidas para solicitar el juicio político de ellos.-

5.- CONCLUSION


Con este fallo queda claro, en primer lugar, que los jueces no quisieron resolver la cautelar por un solo motivo: se sintieron ofendidos por un escrito que les presentè reclamando Justicia. Primò la "bronca" contra este Letrado que el cumplimiento de sus obligaciones. Eso se llama "vendetta" y se nota en sus defensas cuando me imputan conducta indecorosa y ofensiva hacia ellos.




Queda claro, ademàs, que en San Isidro no existe un sano y eficiente servicio de Administración de Justicia, y en segundo lugar, se ignora la Convención Internacional de los Derechos del Niño, circunstancia que habilitaría a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para aplicar graves y severas sanciones al Estado Argentino.-

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