Vistas de página en total

jueves, 4 de junio de 2009

LA MAQUINA DE TATO





¿SE PODRA APLICAR LA MAQUINA EN SAN ISIDRO?
YO TAMBIEN LOS VOY A ESTAR MIRANDO Y CONTROLANDO, Y VOY A SEGUIR JODIENDO, AUNQUE ME QUERELLEN Y ME SIGAN PERSIGUIENDO.-
ESPERO QUE LES QUEDE CLARO.-
SERA JUSTICIA

sábado, 23 de mayo de 2009

EL CASI PRESIDE 1º CONGRESO MUNDIAL DEL SOS


HISTORICO CASTILLO DEL CONDE DRACULA, EN TRANSILVANIA, ADONDE SE LLEVARA A CABO EL 1º CONGRESO MUNDIAL DEL S.O.S. (SANTO OFICIO SAGUESIANO)







Video conmemorativo del Congreso


ARGENTINA PRESIDE PROXIMO CONGRESO MUNDIAL DEL S.O.S.
(SANTO OFICIO SAGUESIANO)





Dentro del Libro XXXV, Título XXIII de las Partidas del Reino de Transilvania, se hallan los delitos contra el Sagrado Honor de los Súbditos.-


En efecto: el art. 234.965, inc. 98) g), establece que la expresión “compartir las sábanas” es una forma agravada de la injuria.-
La pena, en estos casos, es fusilamiento en la primera medianoche con luna llena posterior a la sentencia.-




Justo es reconocer que tal legislación fue aprobada por la iniciativa del bloque político VEA (“Vampiros en Acción”), de destacada participación en el Parlamento.-
Adentrándonos en el estudio del Proyecto de Bando que dio origen a tal delito, vemos que sus autores –los diputados del VEA, Sres. José Colmiyo y Cacho Saltámealayugular- analizaron no sólo la “Lex Calpurnia” (149 AC), la “Lex Remmia” (80 AC) y la “Lex Acilia Repetundarum”, sino también los “usos y costumbres” de varios países, entre ellos la Argentina.-




Consideraron que la expresión
“compartir las sábanas” se usaba gráficamente en Argentina para deshonrar no sólo a la sagrada institución del matrimonio, sino también a los mismos esponsales.-


Tuvieron en cuenta, entre otros antecedentes, un blog argentino llamado "¡CORTENLA!" en el cual se hace uso de tal expresiòn:


http://cortenla-casi.blogspot.com/2008/10/carta-abierta-guillermo-sagues.html

Basaron su teoría, ademàs, en el accionar criminal, delictivo, irrespetuoso y grosero de un personaje llamado “NIK” que se divertía metiendo en la misma cama a Altas Autoridades de la República Argentina, como ser los Sres. KIRCHNER y los Sres. DUHALDE, entre otros.-



Recordaron, además, que otro maleducado y delincuente argentino llamado Marcelo Hugo Tinelli, se mofaba de la investidura presidencial al poner en pantalla un sketch en donde dos actores, representando al matrimonio de los Sres. KIRCHNER, discutían asuntos de gobierno dentro de una cama, y compartiendo las mismas sábanas, por supuesto.-



Así las cosas, el Juez de la Real Audiencia correspondiente al Fuero Penal y Criminal del Reino de Transilvania, S. S. Dr. Pepe Glóbulo Rojo, dictaminó in re: “CHUPASANGRE, JOSE s/QUERELLA POR INJURIAS” lo siguiente:


“No comparto la posición de la defensa en tanto y en cuanto cita los casos “KIMEL”, “TATO BORES”, “NIK” y “TINELLI” que irresponsablemente han consagrado la impunidad de la conducta calumniosa y/o injuriosa, como la aquí desplegada por el autor del hecho. En este caso, y de acuerdo a la legislación vigente, se ha configurado el delito de injurias –de rango constitucional- en tanto y en cuanto la expresión usada (“compartir las sábanas”) lesiona gravemente no sólo la Honra y la Moral de la damnificada, sino también la tranquilidad y la paz social, nuestro Ser Nacional y los más Sagrados Principios de nuestra Sociedad Occidental y Cristiana. Tal conducta, además de ser subversiva del Orden Imperante que nos legara nuestro venerado Conde Drácula,





amenaza nuestra forma de Gobierno Monárquica y la investidura de nuestro Amado Soberano, Don Willy III. ¡Dios Salve al Rey!”.-

Este fallo fue confirmado, en su totalidad, por los Sres. Ministros de la Excma. Corte Superior de Justicia: Sus Señorías los Dres. Genuflexo Sacámelcrusifijho, Adobaldo Juiralabaladeplata y Eutanasio Bastadeaguabendita.-



Justo es destacar que esta moderna corriente jurídica tiene sus seguidores en otras partes del Mundo Civilizado, y en ese sentido el Colegio de Abogados de San Isidro, por llevar la delantera en Latinoamérica, ocupará la Presidencia del 1° Congreso Mundial del S.O.S. (Santo Oficio Saguesiano) a desarrollarse en Octubre de 2009 en la capital de Transilvania.-



Allí se analizará la causa: “TERRILE, ROBERTO OSCAR S/QUERELLA POR INJURIAS”.-


¡Mis sinceras felicitaciones al Dr. Guillermo Sagués (3º sentado desde la izquierda con corbata amarilla y sonriendo), a su Señora Esposa y al Dr. Adrián Murcho por integrar nuestra delegación y ser elegidos para ocupar tan digno y honroso cargo!.-



SERA JUSTICIA

jueves, 21 de mayo de 2009

LOS "ABOGADOS REVOLTOSOS" II


LOS “ABOGADOS REVOLTOSOS” II:

DR. MARIANO MORENO .....¿UN DESEQUILIBRADO MENTAL O UN LIDER REVOLUCIONARIO?



Mariano Moreno no tenía tiempo.-
Cuando vio abrirse las puertas de la Historia, el 25 de Mayo de 1810, tenía 31 años y era dueño del Estudio Jurídico mas prestigioso de Buenos Aires.-
Nueve meses y ocho días después su cadáver fue arrojado al mar.-
No fue, gracias a Dios, un Hombre equilibrado.-

“Tal vez Moreno haya sido un neurótico, un angustiado, un desequilibrado, no un Hombre corriente y centrado. Pero de un hombre corriente y centrado podrá hacerse un excelente Juez de Paz, un correcto oficinista, incluso un buen académico. Nunca un creador, difícilmente un conductor y jamás un revolucionario” (Miguel Angel Scenna, “Todo es Historia”, N° 35).-

Gracias a Dios fueron muchos los “desequilibrados” y utópicos en la Historia del Hombre, veamos:



1.- Ghandi, un Abogado que mientras tejía en las reuniones de gabinete, enseñaba que no había que usar la violencia contra el Imperio. Evidentemente fue un "loco" para su època.-



2.- Cristo, cuando dijo: “No vine a meter paz a la Tierra, no vine a meter paz, sino espada”. Bueno, por algo le pusieron la coronita de espinas y lo nombraron “Rey de los Judíos”, en joda claro, y así se debe tratar a los locos...¿o no?. ¿Un autèntico revolucionario?



3.- Salvador Dalí, cuando entró a disertar en una conferencia sobre la profundidad del ser humano disfrazado de buzo. El "loco" de la pintura.-



4.- Vinicius de Moraes, Abogado y Poeta, cuando escribió “La cosa mas divina de este Mundo, es vivir cada segundo como nunca más”, y luego fue expulsado del Servicio Diplomático por “vago”. ¿Alguien recuerda al cuerdo Presidente de Brasil que lo echó?

La lista es larga y no quiero aburrirlos.-

¡ Felíz Día de la Patria, carajo!

SERA JUSTICIA




sábado, 16 de mayo de 2009

MI DEFENSA - 1º PARTE


¡ NO A LA CENSURA, NO A LA CORRUPCION, NO AL ABUSO DE PODER, NO A LA CALUMNIA, NO A LA INJURIA !


¡ SI AL HUMOR, SI A LA LIBERTAD, SI A LA DECENCIA, SI A LA RAZON !







Juez Federal Argentina, Marìa Servini de Cubrìa, censora del personaje Tato Bores





Dr. Marcos Aguinis, autor del pròlogo del libro "Yo, Pinguina" del humorista Nik.-





Nik





Tato Bores, personaje que sufriò persecuciones y censura por su humor polìtico












DISCURSO DEL DR. ROBERTO TERRILE CONTRA LA "DINASTIA SAGUES"
20 DE NOVIEMBRE DE 2008
ACTO "DIA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO"
TRIBUNALES DE FAMILIA
SAN ISIDRO
ARGENTINA




Dr. Roberto Terrile, querellado por el Poder de San Isidro


Dr. Tomàs PEREZ BODRIA, integrante del "FAU-GENTE DE DERECHO y mi Abogado defensor, sentado entre el Dr. Jorge RIZZO a su izquierda (Presidente del Colegio Pùblico de Abogados de la Capital Federal y Presidente del Partido Polìtico "GENTE DE DERECHO") y el Dr. Gustavo FRATINI a su derecha, integrante de la agrupacipòn polìtica de San Isidro "FAU-GENTE DE DERECHO"





CONTESTO TRASLADO DE LA ACCION CIVIL.-


Sr. Juez:

Roberto Oscar V. TERRILE, por mi propio derecho, con domicilio real en Crisólogo Larralde 3226, Piso 1°, Dpto. “D”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y constituyendo el legal conjuntamente con mi Abogado Defensor, Dr. Tomás PEREZ BODRIA en Ituzaingo , Casillero , me presento en la causa 516/08: “TERRILE, ROBERTO OSCAR VICENTE S/QUERELLA POR INJURIAS Y ACCION CIVIL” y respetuosamente digo:

I.- OBJETO.-

Que vengo en tiempo y forma a contestar la demanda civil instaurada en mi contra, y a solicitar se rechace la misma en todas y cada una de sus partes con expresa imposición de costas a la parte actora, a tenor de las consideraciones de hecho y de Derecho que se expondrán a continuación.-

2.- INTRODUCCIÓN.-

“Los humoristas son seres que brindan un invalorable servicio a la Democracia......Bajan del pedestal a los funcionarios con humo en la cabeza, gula por el Poder, transgresión permanente de la ética y burla de quienes los eligieron como sus representantes.....Los humoristas se ponen a la vanguardia de la resistencia contra los tiranos,....por eso fueron y son aborrecidos por los autócratas. No hubo humorismo en las monarquías maniatadas por el Absolutismo ni en ninguna dictadura, sea de izquierda o de derecha....El humor les quema los dedos, les corta los pies....Hay quienes los desdeñan y hasta odian desde su corazón cargado de herrumbrada amargura. ......Las tiranías quisieron cortarles la cabeza como a Juan el Bautista, pero en muchos casos saben que esa cabeza les seguirá sacando la lengua por generaciones. .....Los humoristas dicen aquello que muchos anhelan expresar, pero no saben como hacerlo o, mucho peor, tienen miedo de hacerlo.....Los humoristas son transmisores valientes y sonoros. Gracias a su trabajo cotidiano los seres monstruosos dejan de producir terror, los negocios sucios saltan a la vista, los cómplices de fraude quedan sin sus taparrabos de flores marchitas, los dobles discursos caen, las mentiras huyen.....” (Dr. Marcos Aguinis en prólogo del libro “Yo, Pinguina”, pág. 7/11, Editorial Sudamericana, 1° Edición, 2007).-

He usado los claros conceptos del distinguido escritor argentino para ubicar en su justo lugar el entuerto puesto a conocimiento de V.S., intentando de tal modo que sean el faro de luz que ilumine el rumbo de este juicio hacia su justa sentencia.-

miércoles, 13 de mayo de 2009

"LOS ABOGADOS REVOLTOSOS" Y LA REVOLUCION DE MAYO










Cabildo Abierto del 22 de Mayo de 1810
Dr. Juan José Casstelli


Dr. Juan José ¨Paso

Dr. Mariano Moreno



Dr. Manuel Belgrano
LOS “ABOGADOS REVOLTOSOS"
LA DEFENSA DE LA ABOGACIA Y LA REVOLUCION DE MAYO
Cuando el 22 de Octubre de 1613 el Cabildo de Buenos Aires prohibió la entrada a la ciudad de 3 Abogados “con ánimo de que haya pleitos para ganar plata”, ni idea tenía que estaba sentando un 1° precedente de ataque a nuestra profesión, que repercutiría dos siglos después en el ánimo de 21 Abogados que participaron activamente en la Revolución de Mayo (“Manual de Historia del Derecho Argentino”, Dr. Ricardo Levene, pág. 214).-

En aquella ocasión, un Regidor llamado Miguel del Corro expresó que la experiencia había demostrado el daño que resultaba que hubiera “letrados y letrados”, porque con su presencia no faltaban “pleitos”, trampas y marañas.

Volviendo a 1810, dice un gran Historiador argentino:

“La Revolución de Mayo fue una exteriorización viva de sentimientos de todos los sectores sociales, militares, sacerdotes, comerciantes, clases medias, el Pueblo en fin. La legislación agresiva contra los Abogados criollos, determinó la reacción de los mismos por razones políticas, que fue unánime y decisiva”.-

Dicha legislación consistió en disminuir el número de Abogados por Pueblos ante la “multitud de Abogados” americanos, en su gran mayoría con preparación para criticar el “status quo” imperante y ocupar los altos cargos judiciales.-

Así fue que 21 Abogados Argentinos votaron fervientemente por la cesantía del Virrey en aquel histórico Cabildo Abierto del 22 de Mayo de 1810:

http://es.wikisource.org/wiki/Actas_capitulares:_06

Defiendieron la Patria y la Abogacía contra el Monarquismo oscurantista que cercenaba nuestros Derechos al Trabajo y a la Dignidad.-

Los agentes del despotismo imperial los calificaron de “revoltosos”.-

Aquellos Colegas no se escondieron, pusieron en juego su prestigio y su vida, no transaron con los monárquicos Jueces de la época, la pelearon a cara descubierta y la siguieron peleando con posterioridad al 25 de Mayo, para acabar definitivamente con el señalado oscurantismo medieval.-

Fue así que con posterioridad tuvieron que enfrentarse abiertamente a la Real Audiencia, ocupada por los señores del Rey quienes intentaron poner en marcha la contrarrevolución con el fin de suprimir la acción de la 1° Junta Revolucionaria.-

Los Jueces de aquella época -con títulos de “Oidores de la Audiencia”- alchauetearon a Su Majestad que, a raíz de los acontecimientos del 25 de Mayo, sus puestitos y cargos corrían peligro debido a la acción y a las exigencias .....“de los Abogados revoltosos que aún buscaban las plazas” (pág. 258).-

Continúa enseñando el Dr. Ricardo Levene:

“Es un hecho de indudable significación histórica: los Abogados continuaron ejerciendo una influencia profunda para obtener las Leyes y la Constitución, que garantizaran el ejercicio de los Derechos indidivuales y la organización de los Poderes Públicos”.-

Y así fue que el 23 de Enero de 1812, con la sanción del “Reglamento de Institución y Administración de Justicia”, se suprimió la Real Audiencia.-

En los considerandos se declara que .....“no hay felicidad pública sin una buena y sencilla administración de Justicia, ni esto puede conciliarse sino por medio de Magistrados sabios que merezcan la confianza de sus Conciudadanos” (pág. 277).-

Pasaron casi 200 años y podemos comprobar que los Jueces y Magistrados argentinos lejos están de merecer la confianza del mundo civilizado.-

Desde estas páginas mi mas sincero homenaje a aquellos “Abogados revoltosos” que combatieron el "oscurantismo monàrquico", a los primeros defensores de la Abogacía Libre e Independiente, a aquellos corajudos Colegas que nos marcaron un rumbo en la defensa de nuestra profesión: Manuel Belgrano, Juan Josè Castelli, Juan José Paso, Mariano Moreno, Lavarden, Campana, etc.-

SERA JUSTICIA